Anexo:Municipios de la provincia de Catamarca

En la provincia de Catamarca en Argentina el régimen municipal es ejercido por gobiernos locales denominados municipios,[1] existiendo 36 para septiembre de 2020.

Los municipios que no sancionaron su carta orgánica son regidos por la ley Orgánica Municipal y Régimen Comunal n.° 4640.[2][3] Habitualmente los municipios que sancionaron una carta orgánica son referidos como de 1.ª categoría, los que no lo hicieron y tienen concejo deliberante son referidos como de 2.ª categoría, y el resto de 3.ª.[4]

Cada municipio cuenta con una municipalidad, que en los municipios de 1.ª y 2.ª categoría tiene un departamento ejecutivo y un concejo deliberante. El ejecutivo es ejercido por un intendente y el concejo deliberante para los municipios sin carta orgánica cuenta con entre 3 y 11 concejales. Los municipios de 3.ª categoría solo cuentan con un departamento ejecutivo ejercido por un intendente.

Municipios con carta orgánica (1.ª categoría)

Municipio[5][6][7] Localidad cabecera municipal Departamento Superficie (km²)[8] Población (2010)[8] Código INDEC de gobiernos locales[9] Concejales Comunas (delegaciones comunales)[10]
AndalgaláAndalgaláAndalgalá380015 0871000497. Aumentará en 2 concejales por cada 10 000 habitantes hasta un máximo de 9 (art. 149 de la carta org.)[11][12]Chaquiago Norte, Chaquiago Sur, Huachaschi Norte, Huachaschi Sur, Huaco Norte, Huaco Sur, La Aguada, Malli Norte, Malli Sur, Villavil, El Potrero, Julumao Sur, Capillanía, Choya.[13]
BelénBelénBelén186713 5241000637. Aumentará a 9 cuando supere los 20 000 habitantes. Luego aumentará en 2 por cada 20 000 hasta un máximo de 15 (art. 138 de la carta org.)[14]Ampojaco
Fray Mamerto EsquiúSan José de Piedra BlancaFray Mamerto Esquiú18611 8961001616. Aumentará a 7 cuando supere los 15 000 habitantes (art. 218 de la carta org.)[15][16]Las Pirquitas, La Carrera, La Tercena, San Antonio
RecreoRecreoLa Paz744615 5951001755. Aumentará en 2 concejales por cada 10 000 habitantes (art. 16 de la carta org.)[17]La Quinta, Las Peñas, Esquiú, La Dorada, El Aybal, La Guardia, La Suerte, El Bañado, El Quimilo, Casa de Piedra
San Fernando del Valle de Catamarca (o Capital)San Fernando del Valle de CatamarcaCapital399159 70310014014. Aumentará en 2 concejales por cada 20 000 habitantes hasta un máximo de 22 (art. 44 de la carta org.)[18][19]No tiene
Santa MaríaSanta MaríaSanta María149417 0301002107. Aumentará a 11 concejales cuando supere los 25 000 habitantes (art. 20 de la carta org.)[20]Fuerte Quemado, Chañar Punco, Loro Huasi,[21] San Antonio del Cajón
TinogastaTinogastaTinogasta546614 3661002315. Aumentará en 2 concejales por cada 10 000 habitantes hasta un máximo de 11 (art. 96 de la carta org.)[22][23]La Puntilla, Copacabana, Banda de Lucero, Salado, Santa Rosa, El Puesto, Villa San Rosa, San José, Anillaco, El Pueblito, Costa de Reyes, Villa Luján,[24] Cerro Negro
Valle ViejoVilla DoloresValle Viejo62827 2421002385. Aumentará en 2 concejales por cada 10 000 habitantes hasta un máximo de 22 (art. 39 de la carta org.)[25][26]No tiene

Municipios sin carta orgánica y con concejo deliberante (2.ª categoría)

Estos municipios cuando superen los 10 000 habitantes estarán habilitados a redactar una carta orgánica.

Municipio[5][7] Localidad cabecera municipal Departamento Superficie (km²)[8] Población (2010)[8] Código INDEC de gobiernos locales[9] Número de concejales[27] Comunas (delegaciones comunales)[10]
AconquijaEl AlamitoAndalgalá94630451000423No tiene
AncastiVilla de AncastiAncasti195229171000353Anquincila, Villa de Ancasti, Navaguín, El Huaico, El Chorro, El Quebrachal, Ipizca, Tacana, El Taco, Yerba Buena, Los Mogotes, La Candelaria, La Majada
CapayánChumbichaCapayán287167601001265[28]Carranza, San Martín, Telarito, Balde de la Punta, El Quemado, Las Palmas, San Pedro, Villa Capayán
El AltoEl AltoEl Alto133125691001473Guayamba, Vilismán, Infanzón, Chañar Laguna
FiambaláFiambaláTinogasta17 49179941002245La Ciénaga, Saujil, Medanitos, Tatón, Río Grande, Palo Blanco, Punta de Agua, Chuquisaca, Mesada de Zárate, Las Papas, Antinaco
HuillapimaHuillapimaCapayán147393251001335[29]Miraflores, Coneta, Nueva Coneta, San Pablo, Barrio España, Concepción, El Bañado, Los Ángeles, Colonia del Valle, Huillapima
IcañoIcañoLa Paz253970431001685[30]San Antonio, Quirós, Las Palmitas
LondresLondresBelén147629091000843No tiene
Los AltosLos AltosSanta Rosa70178781002135Alijilán, Manantiales, Los Molles, Puerta Grande, Monte Redondo
PaclínLa MercedPaclín99141851001823Balcosna, San Antonio, Monte Potrero, Amadores, Palo Labrado, La Viña, La Higuera
PománVilla de PománPomán198440321001893Rosario de Colana, Retiro de Colana, El Pajonal
San JoséSan JoséSanta María430255181002035[31]La Hoyada
Santa RosaBañado de OvantaSanta Rosa90441561002173[32]Las Cañas, San Pedro de Guasayán, Lavalle, y Cortaderas[33]
SaujilSaujilPomán278355721001963Siján, Rincón, San Miguel, Joyango, Colpes

Municipios sin carta orgánica ni concejo deliberante (3.ª categoría)

Municipio[5][7] Localidad cabecera municipal Departamento Superficie (km²)[8] Población (2010)[8] Código INDEC de gobiernos locales[9] Comunas (delegaciones comunales)[10]
Antofagasta de la SierraAntofagasta de la SierraAntofagasta de la Sierra28 2601436100056Antofalla, El Peñón, Los Nacimientos, El Salar del Hombre Muerto
Corral QuemadoCorral QuemadoBelén13961714100070Culampajá, Papachacra
El RodeoEl RodeoAmbato3671047100007No tiene
HualfínHualfínBelén7892777100077La Quebrada, Los Nacimientos
La PuertaLa PuertaAmbato2331019100014No tiene
Las JuntasLas JuntasAmbato370412100021No tiene
Los VarelaLos VarelaAmbato7911985100028Los Talas, Los Castillos, Chuchucaruana, El Bolsón, Humaya, Singuil, Los Navarros, Las Chacritas
MutquínMutquínPomán3021172100185No tiene
Pozo de PiedraPozo de PiedraBelén4321853100091Las Barrancas, Cóndor Huasi
Puerta de Corral QuemadoPuerta de Corral QuemadoBelén9501443100098Jacipunco, El Durazno, El Tolar
Puerta de San JoséPuerta de San JoséBelén6341043100105Asampay, La Ciénaga, La Estancia
San FernandoSan FernandoBelén212647100112Villa de San Fernando, El Eje
TapsoTapsoEl Alto6121001100154Los Morteros, Achalco
Villa VilVilla VilBelén53761933100119Rodeo Gervan, Morteritos (Las Cuevas), Laguna Blanca

Véase también

Referencias

  1. Lucía reunió a los 36 jefes municipales y los convocó a trabajar juntos y solidariamente
  2. Ley Orgánica Municipal y Régimen Comunal n.° 4640, texto actualizado
  3. Ley 4832
  4. CÓDIGO NUMÉRICO DE SEIS POSICIONES PARA GOBIERNOS LOCALES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
  5. Mecon
  6. Municipios con carta orgánica. Cámara de Diputados de Catamarca
  7. Resultado elecciones 2015
  8. Cuadro 1.3.1.1
  9. Código numérico de seis posiciones para gobiernos locales de la República Argentina (Anexo I de la Resolución 89/2019)
  10. DPEyC. Anuario estadístico 2013. Cuadro 1.4.1.1. Fecha de referencia al 31 de octubre de 2012.
  11. Carta orgánica de Andalgalá
  12. El peronismo se quedará con la presidencia del CD de Andalgalá
  13. Los que asumieron en una nueva etapa de Andalgalá
  14. Carta orgánica de Belén
  15. Carta orgánica de Fray Mamerto Esquiú
  16. El PJ se quedó con las autoridades del Concejo Deliberante de FME, tras 25 años
  17. Carta orgánica de Recreo
  18. Concejo deliberante de Catamarca
  19. Carta orgánica de San Fernando del Valle de Catamarca
  20. Carta orgánica de Santa María
  21. El Ancasti. Eligieron delegados comunales en Santa María
  22. Carta orgánica de Tinogasta
  23. Diario digital de Tinogasta
  24. El Ancasti. No habrá elecciones para elegir delegados municipales
  25. Carta orgánica de Valle Viejo
  26. Valle Viejo: por unanimidad, ediles aprobaron exenciones impositivas
  27. Convenio de simultaneidad de elecciones
  28. Arde Capayán: se desató la crisis institucional en los municipios
  29. Arde Capayán: se desató la crisis institucional en los municipios
  30. Edil suplente se negó a asumir en el Concejo de Icaño
  31. Cmarca aCTUAL
  32. Atlas Catamarca. Origenes de los departamentos
  33. Poder Local
Este artículo ha sido escrito por Wikipedia. El texto está disponible bajo la licencia Creative Commons - Atribución - CompartirIgual. Pueden aplicarse cláusulas adicionales a los archivos multimedia.