Audiencia (derecho)

En derecho, una audiencia es un procedimiento ante un tribunal u otro órgano de toma de decisiones oficial, como una agencia gubernamental u otro órgano público (como el Parlamento o Gobierno).[2]

Imagen de la audiencia de confirmación de John Berry por el Comité del Senado de EE.UU. de Seguridad Nacional y Asuntos Gubernamentales en el edificio Dirksen de oficinas del Senado,[1] Rm. 342

Una audiencia judicial se distingue de un juicio escrito en que por lo general es más corto y, con frecuencia, menos formal.[2] En el curso de los litigios, las audiencias se llevan a cabo como argumentos orales en apoyo de mociones, ya sea para resolver el caso sin juicio en un moción para desestimar[3] o en un juicio sumario,[4] o para decidir cuestiones discrecionales de la ley, como limitadas y testimonios también se pueden presentar en las audiencias para complementar los argumentos legales.[2]

Una audiencia usualmente no tiene repercusiones penales y más bien son de resoluciones administrativas como un "juicio político" sin embargo las decisiones tomadas en la "audiencia" en caso de violar normas jurídicas superiores acarrean responsabilidades legales.

Referencias

  1. Dirksen Senate Office Building (en inglés)
  2. Lorch, Robert (1980). Democratic Process and Administrative Law. Wayne State University Press. ISBN 0-8143-1513-5.
  3. Motion in United States law (en inglés)
  4. Summary judgment (en inglés)
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