Código de Hammurabi

El Código de Hammurabi es uno de los conjuntos de leyes más antiguos que se han encontrado y uno de los ejemplares mejor conservados de este tipo de documentos creados en la antigua Mesopotamia. Representa un desarrollado concepto de igualdad entre los habitantes de Mesopotamia. Se basa en la aplicación de la ley del talión,[2] y es también uno de los más tempranos ejemplos del principio de presunción de inocencia, pues sugiere que el acusado o el acusador tienen la oportunidad de aportar pruebas.[3] Fue escrito en 1750 a. C. por el rey de Babilonia Hammurabi,[4][5][6][7][8][9] donde unifica los códigos existentes en las ciudades del imperio babilónico. Actualmente está conservado en el Museo del Louvre de París.[10][11]

Código de Hammurabi

En esta estela se hallan grabadas las 282 leyes del Código de Hammurabi, donde el rey Hammurabi las recibe de manos del dios Shamash.[1] La estela fue encontrada en Susa, Irán, donde en 1200 a. C. fue llevada como botín de guerra por el rey de Elam Shutruk-Nakhunte.[1] Se conserva en el Museo del Louvre (París).[1]
Detalle de la escritura cuneiforme.
Parte superior de la gran estela.

Entre otras recopilaciones de leyes se encuentran el Código de Ur-Nammu, rey de Ur (ca. siglo XXI a. C.), las Leyes de Ešnunna (ca. siglo XX a. C.) y el Código de Lipit-Ishtar de Isin (ca. siglo XIX a. C.).[12]

Características

Escrito en acadio para que pudiera ser leído por cualquier persona alfabetizada,[13] su prólogo y el epílogo están redactados en un lenguaje más cuidado y con la finalidad de glorificar al dios babilonio Marduk o Shamash[14] y, a través de él, a su rey.

El rey ordenó que se colocara una estatua en la plaza de cada ciudad para que todo el pueblo conociera quién era el rey y sus castigos, para lo cual el cuerpo de la ley se expresa en lenguaje claro, del pueblo. Comienza con la partícula "si" (proposición condicional), describe la conducta delictiva y luego indica el castigo correspondiente. Una de sus leyes establece la ley del Talión.

Está redactado en primera persona y relata cómo los dioses eligen a Hammurabi para que ilumine al país y asegure el bienestar de la gente.

Proclama a Marduk como dios supremo, subordinando al panteón sumerio/acadio anterior.

Se puede interpretar también como una gran maniobra de propaganda política y ensalzamiento del rey, ya que, aunque las leyes estaban fijadas, no se cumplían de manera sistemática (por ejemplo, en el caso de las ejecuciones o de los precios).

Historia

En él, Hammurabi enumera las leyes que ha recibido del dios Marduk para fomentar el bienestar entre la gente. Estas leyes tuvieron una importante repercusión en el imperio babilónico.

  • Antes de su promulgación, los sacerdotes - que en aquella época actuaban como jueces - dictaban las sentencias según su parecer, y sin ajustarse a derecho.
  • Después de codificada y hecha pública la ley, el rey aumentaba su poder sobre la población y hacía que la ley no dependiera tanto de la región y del juez. También disminuyó el número de falsas acusaciones.

Ejemplos de leyes

  • Si un señor acusa a otro señor y presenta contra él la denuncia de homicidio, pero no la puede probar, su acusador será castigado con la muerte.
  • Si un señor imputa a otro señor de prácticas de brujería, pero no las puede probar, el acusado de brujería irá al río. Si este señor ha sido purificado por el río saliendo sano y salvo, el que le imputó de maniobras de brujería será castigado con la muerte. El que se arrojó al río arrebatará la hacienda de su acusador.
  • Si un señor aparece en un proceso para un falso testimonio y no puede probar la palabra que ha dicho, si el proceso es un proceso capital tal señor será castigado con la muerte. Si se presenta para testimoniar de grano o plata, sufrirá en su totalidad la pena de este proceso. Nunca más podrá sentarse con los jueces en un proceso.
  • Si un señor roba la propiedad religiosa o estatal, ese señor será castigado con la muerte.Además el que recibió de sus manos los bienes robados será castigado con la muerte. Si el ladrón no tiene con qué restituir, será castigado con la muerte. Si el vendedor es el ladrón será castigado con la muerte. El propietario del objeto perdido recobrará su objeto perdido.
  • El comprador recobrará de la hacienda del vendedor la plata que había pesado. El propietario de la cosa perdida recobrará su propiedad perdida. Si el propietario de la cosa perdida no presenta testigos que testimonien sobre el objeto perdido, es un estafador, dio curso a una denuncia falsa será castigado con la muerte. Si el vendedor ha muerto, el comprador tomará de la casa del vendedor hasta cinco veces de lo que había reclamado en este proceso.
  • Si los testigos de tal señor no estuviesen a mano, los jueces le señalarán un plazo de seis meses. Y si al sexto mes, no presenta sus testigos, este señor es un falsario. Sufrirá en su totalidad la pena de este proceso. Si un señor roba el niño menor de otro señor, recibirá la muerte.
  • Si un señor ayuda a escapar por la gran puerta a un esclavo estatal o a una esclava estatal o a un esclavo de un subalterno o a una esclava de un subalterno recibirá la muerte. Si un señor dio refugio en su casa a un esclavo o a una esclava fugitivos, perteneciente al estado o a un subalterno y si no lo entregó a la llamada del pregonero el dueño de la casa recibirá la muerte. Si un señor prende en campo abierto a un esclavo o esclava fugitivos y lo devuelve a su dueño, el dueño del esclavo le dará dos siclos de plata. Si retiene al esclavo en su casa después el esclavo es hallado en su posesión, el señor recibirá la muerte.
  • Si el esclavo huye de la casa de aquel que lo prendió, este hombre lo jurará por el dios al dueño del esclavo y se marchará libre. Si un señor abre brecha en una casa, delante de la brecha se le matará y se le colgará. Si un señor se entrega al bandidaje y llega a ser prendido, ese señor recibirá la muerte. Si es una vida, la ciudad y el gobernador pesarán una mina de plata a su gente.
  • Si se declara un incendio en la casa de un señor y un señor que acudió a apagarlo pone los ojos sobre algún bien del dueño de la casa y se apropia de algún bien del dueño de la casa, ese señor será lanzado al fuego.
  • Si un oficial o un especialista, mientras servía las armas del rey, ha sido hecho prisionero su hijo es capaz de cumplir las obligaciones del feudo, le serán entregados el campo y el huerto y él cuidará de las obligaciones feudales de su padre. Sólo quien se hizo cargo de ellos y cumplió las obligaciones del feudo se convertirá en feudatario.
  • Si un hombre libre le rompía un hueso a otro hombre libre, se le rompería a él también ese hueso.
  • Si un hijo maltrata a su padre se le amputarán las manos.
  • Si alguien roba un buey, carnero, puerco, asno, barca, al templo o al palacio, pagará treinta veces el valor; si se trata de un noble, diez veces el valor, y si no tiene con qué pagar, será culpable de muerte.
  • Si un esclavo golpea en la cabeza a un hombre libre, se le cortará una oreja.
  • Si alguno golpea a una mujer libre y la hace abortar, pagará por su fruto 10 siclos de plata. Si esta mujer muere, se matará a la hija del agresor.

Aspecto

Está grabado en una estela de basalto negro de 2,25 metros de altura, por 50 cm en su zona más ancha. En la zona superior está representado Hammurabi en Bajorrelieve, de pie, delante del dios solar de la equidad en Mesopotamia, Shamash, deidad principal de la ciudad Sumeria de Larsa, o tal vez Marduk, dios de Babilonia. Debajo aparecen, inscritos en caracteres cuneiformes acadios, las leyes que regían la vida cotidiana.

Leyes

Las leyes y normas, numeradas del 1 al 282 (aunque faltan los números 66-99 y 110-111), están escritas en babilonio antiguo y fijan diversas reglas de la vida cotidiana. Norman particularmente:

Mapa de Babilonia en tiempos de Hammurabi
  • La jerarquización de la sociedad. Existen tres grupos, los hombres libres o awilum, los muškenum (quienes se especula podrían ser siervos o subalternos, semilibres) y los esclavos o wardum.
  • Los precios. Los honorarios de los médicos varían según se atienda a un hombre libre o a un esclavo.
  • Los salarios. Varían según la naturaleza de los trabajos realizados.
  • La responsabilidad profesional. Un arquitecto que haya construido una casa que se desplome sobre sus ocupantes y les haya causado la muerte es condenado a la pena de muerte.
  • El funcionamiento judicial. La justicia la imparten los tribunales y se puede apelar al rey; los fallos se deben plasmar por escrito.
  • Las penas. Aparece inscrita una escala de penas según los delitos y crímenes cometidos. La base de esta escala es la ley del Talión.

Se tratan también el robo, la actividad agrícola (o pecuaria), el daño a la propiedad, los derechos de la mujer, los derechos en el matrimonio, los derechos de los menores, los derechos de los esclavos, homicidio, muerte y lesiones. El castigo varía según el tipo de delincuente y de víctima.

Las leyes no admiten excusas ni explicaciones en caso de errores o faltas; el Código se ponía a la vista de todos, de modo que nadie pudiera alegar ignorancia de la ley como pretexto. Cabe recordar, sin embargo, que eran pocos (escribas en su mayoría) los que sabían leer y escribir en aquella época.

Dioses mencionados

En el Código de Hammurabi aparecen citados diferentes divinidades mesopotámicas, entre las que aparecen Anum, padre de todos los dioses,[15][16] Enlil, señor de los cielos y de la tierra,[17] y Marduk,[18][19][20][21] soberano de los hombres y los países[22][23][24][25] y primogénito de Enki.[26][18][27][28]

Aparte de estos dioses aparecen otros, por ejemplo Shamash, el titular de la justicia,[29][30] que dictó las leyes y aseguró el bienestar de la gente.[31]

Juicios sobre el código

Pese a que el enunciado «ojo por ojo, diente por diente» se suele ver como la inspiración del Código, lo cierto es que el mismo tiene además artículos muy alejados de ese concepto. Es verdad que en algunos casos la ley opta por el Talión y establece que debe hacerse lo que el agresor le hizo a la víctima (es el caso de los artículos 196 -el ojo-, 197 -el hueso- y 200 -el diente-), pero esta visión es imperfecta y depende de las circunstancias y, principalmente, de la condición de los involucrados. Además, cabe decir que la mayor parte del Código simplemente establece indemnizaciones o penas graves, girando alrededor de temas distintos al famoso Talión. Así que el prisma negativo puesto sobre la Antigua Sumeria por la visión simplista de este concepto es, analizado desde este punto de vista, injustificado.

Se puede decir que el Código está inspirado por un alto sentimiento de orden. Por ejemplo, se fija la responsabilidad mutua del amo y del obrero; este último tiene que recibir un salario mínimo y tres días de vacaciones cada mes, una muestra de la sistematizada y estructurada sociedad que reflejan estas "leyes".

En el código no se distingue entre derecho civil y penal, es decir, se dan leyes que regulan los asuntos de la vida cotidiana y leyes que castigan los delitos. Se regulan el comercio, el trabajo asalariado, los préstamos, los alquileres, las herencias, los divorcios, la propiedad, las penas por delitos de robo, asesinato, etc.

El texto del código también les sirve a los historiadores para saber cuáles eran los delitos más frecuentes en la época, pues un delito previsto será un hecho que acontece con relativa frecuencia (algunas faltas penadas son el adulterio, la difamación, la prevaricación de un juez y el incesto). En las penas aplicadas a cada transgresión se distingue si hay intencionalidad o no, y cuál es la "categoría" de la víctima y del agresor. Así, la pena es mayor si se ha hecho adrede y menor si ha sido un accidente; mayor si la víctima es un hombre libre y menor si es un esclavo.[32]

Véase también

Referencias

  1. «El Código de Zaragoza». Proyecto Clio. Zaragoza.
  2. Dyneley Prince, John (1904). «The Code of Hammurabi». The American Journal of Theology (Chicago: The University of Chicago Press Stable) 8 (3): 601-609. ISSN 1550-3283. Consultado el 16 de mayo de 2014.
  3. Roberts, Ann (2010). Victimology: Theories and Applications (en inglés). Jones & Bartlett Learning. p. 103. Consultado el 16 de mayo de 2014.
  4. G. R. Driver, J. C. Miles, The Babylonian Laws, 2 vols. Oxford, 1995
  5. A. Fient, Le Code de Hammurapi (LAPO, 6), París, 1983
  6. M. Roth, Law Collections from Mesopotamia and Asia Minor, Atlanta, 1995
  7. M. E. J. Richardson, Hammurabi's Laws. Text, Translation and Glosary, Sheffield, 2000
  8. H. D. Viel, Der Codex Hammurapi, Gotinga, 2002
  9. F. Lara Peinado, Código de Hammurabi, Madrid, 2003
  10. Lara Peinado, Federico (2005). «Hammurabi de Babilonia, príncipe piadoso». ISIMU. Revista sobre Oriente Próximo y Egipto en la antigüedad (Universidad Complutense de Madrid) VIII: 127-134. ISSN 1575-3492. Consultado el 2 de agosto de 2017.
  11. Claire Iselin. «Œuvre Code de Hammurabi, roi de Babylone». Museo del Louvre (en francés). Consultado el 23 de febrero de 2012.
  12. Davies, W. W. (2003). Codes of Hammurabi and Moses (en inglés). Kessinger Publishing. ISBN 0766131246. OCLC 227972329.
  13. Breasted, James Henry (2003). Ancient Time or a History of the Early World, Part 1 (en inglés). Kessinger Publishing. p. 141. ISBN 0766149463. OCLC 69651827. Archivado desde el original el 29 de enero de 2015. Consultado el 1 de marzo de 2012.
  14. Jaynes, Julian (1976). The Origin of Consciousness in the Breakdown of the Bicameral Mind (en inglés). Houghton Mifflin Company Publishing. p. 199. ISBN 0395207290.
  15. Haussig, 1965, p. 40-41.
  16. A. Wohlstein, The Sky-God An-Anu, Nueva York-Jericho, 1976
  17. Haussig, 1965, p. 59-61.
  18. Haussig, 1965, p. 96-97.
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  20. W. Sommerfeld, RIA, 7, 360-370
  21. H. Schmökekl, "Hammurabi und Marduk", RA, 53, 1959, 183-204
  22. G. Furlani, Il Poema della Creazione (Enuma elish), Bolonia, 1934
  23. R. Labat, Le poème babylonien de la Création, París, 1935
  24. R. Labat, Les Religions du Proche-Orient, París, 1970, 36-70
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  28. S. N. Kramer, J. R. Maier, Myths of Enki, the Crafty God, Oxford, 1989
  29. Haussig, 1965, p. 126-127.
  30. J. J. M. Roberts, The Earliest Semitic Pantheon, Londres-Baltimore, 1972, 51-52
  31. CH, An, I, 47-48. a-na shi-ir ni-shi / tu-ub-bi-im, "la carne de los hombres / para hacer buena"
  32. Parra Sepúlveda D.A. (2014). «La evolución ético-jurídica de la responsabilidad médica». Acta bioeth. (Santiago) 20 (2). doi:10.4067/S1726-569X2014000200008. Consultado el 21 de agosto de 2023.

Bibliografía

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  • Sanmartín, J.: Códigos legales de tradición babilónica. Barcelona, 1999.
  • Winton, D. (coordinador): Documents from Old Testament Times. Londres y Nueva York, 1958.

Enlaces externos

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