Congreso de la Nación Argentina
El Congreso de la Nación Argentina es el órgano que ejerce el poder legislativo federal de la República Argentina. Se encarga de la formación y sanción de las leyes federales. Además, tiene a su cargo la sanción de los códigos legales civil, penal, comercial, laboral y de minería, entre otros destinados a organizar la legislación común de fondo.[5]
El Congreso de la Nación Argentina se conforma por una asamblea bicameral con 329 miembros, dividido en el Senado (72 escaños), presidido por el Vicepresidente de la Nación y la Cámara de Diputados (257 escaños) cuyo presidente es elegida por mayoría simple.
El Congreso de la Nación Argentina sesiona entre el 1 de marzo y el 30 de noviembre de cada año, aunque el Presidente de la Nación Argentina puede convocar sesiones extraordinarias o prorrogar su extensión.[6] En el primer caso es el presidente quien determina los temas a tratar, mientras que en el segundo el Congreso de la Nación Argentina tiene libre iniciativa. Según la interpretación de las Cámaras, esta prórroga de sesiones también puede ser ordenada por el Congreso.
Su sede se encuentra en el Palacio del Congreso de la Nación Argentina en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la Plaza del Congreso que se encuentra en un extremo occidental de la Avenida de Mayo, la cual lo conecta directamente con la Plaza de Mayo, donde se encuentra la Casa Rosada, sede del Poder Ejecutivo nacional.
La Cámara de Diputados de la Nación Argentina se compone por una cantidad variable de representantes en función de la población que posee el distrito (cada una de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), pero dicha cantidad nunca puede ser menor a tres, se eligen mediante el sistema de representación proporcional (sistema D'Hondt), duran cuatro años en su mandato y se renuevan por mitades cada dos años (cada distrito elige cada dos años aproximadamente la mitad de los diputados que le corresponden) pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Son electos tomando como distrito único cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde se vota, por una lista de todos los candidatos de cada partido político o alianza electoral, a los puestos que cada distrito ponga en disputa en esa elección.[7] Por la Ley de paridad de género, establece que las listas de candidatos al Congreso de la Nación Argentina deben estar compuestas en un 50% por mujeres y el otro 50% por hombres.[8] Esta ley acentuó la participación de las mujeres en la política, vigorosa en Argentina desde la sanción de la Ley de cupo Femenino, de modo que la República Argentina es el país sudamericano con mayor cantidad de mujeres en el Poder Legislativo y estando, a su vez, entre los primeros diez a nivel mundial.[9]
El Senado de la Nación Argentina reúne a los representantes de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Le corresponde a cada una dos senadores por la mayoría y uno por la minoría, para un total de 72 Senadores. Estos son elegidos por voto directo de los habitantes de cada distrito, mediante el sistema de lista incompleta, correspondiendo dos a la lista que mayor cantidad de votos obtenga y uno a la que le sigue. Su mandato dura seis años y se renueva por tercios cada dos años, correspondiendo realizar las elecciones de renovación por distrito alternados, pudiendo ser reelegidos indefinidamente.[10]
El Congreso de la Nación Argentina cuenta con un organismo constitucional autónomo de asistencia técnica: la Auditoría General de la Nación Argentina, a cargo del control de legalidad, gestión y auditoría de toda la actividad de la administración pública.[11] Además, en el ámbito del Congreso de la Nación Argentina funciona el Defensor del Pueblo de la Nación Argentina como órgano independiente, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su propósito es defender los derechos humanos y los derechos constitucionales y legales que puedan ser afectados por la Administración.[12]
Sede
Una vez unificada la República Argentina, y luego de la elección de Bartolomé Mitre como primer presidente, comenzó a sesionar el Congreso Nacional. En su primer año de funcionamiento, ocupó de forma precaria el edificio de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la actual calle Perú 272, en la sala de representantes construida en 1821, que todavía existe y forma parte de la Manzana de las Luces.
Sin embargo, Mitre gestionó rápidamente la construcción de una sede propia, ajustada a las necesidades y a las dimensiones del nuevo parlamento. Así, encargó la obra al arquitecto cordobés Jonás Larguía, quien diseñó un edificio de influencia italiana con tres grandes arcos de acceso y un frontis, ubicado en la esquina de las calles Defensa y Victoria (hoy Balcarce e Hipólito Yrigoyen, actualmente sede de la Academia Nacional de la Historia), a un costado de la Plaza de Mayo y en diagonal a la Casa Rosada, sede del Ejecutivo Nacional.
Esta pequeña sede se vio rápidamente desbordada por la cantidad creciente de funcionarios, de tal modo que ya en la década de 1880 se empezó a reclamar la construcción de un nuevo edificio. Durante 1880, frente a una guerra civil ocasionada por la Federalización de Buenos Aires, el Congreso sesionó en la Municipalidad de Belgrano, hoy Museo Sarmiento.[13]
Pasada la crisis de 1890, comenzó a tomar forma el proyecto para el nuevo Congreso Nacional. Entre 1895 y 1896, fue convocado un concurso internacional, estableciendo premios, mientras en los textos de los decretos se sustituía la denominación de “casa” por la de “palacio”. La Comisión quedó integrada el 20 de febrero de 1895 por Carlos Pellegrini, los senadores Rafael Igarzábal y Carlos Doncel y los diputados Francisco Alcobendas y Alfredo Demarchi.
Se había elegido para el Poder Legislativo una manzana completa junto al cruce de la Avenida Rivadavia y la Avenida Callao, dos arterias de importancia ya en esa época, y que además remataba la nueva Avenida de Mayo, finalizada e inaugurada en 1894. Aunque en un primer momento se había pensado en una manzana en Avenida Callao y Paraguay, se privilegió esta nueva ubicación, en donde hasta ese momento se encontraba un corralón propiedad de Spinetto Hermanos, quienes vendieron el terreno al Estado Nacional.
Por licitación, las obras se encomendaron a la empresa constructora Pablo Besana y Cía. Según una serie de notas e informes conservados en la Dirección de Archivo, Publicaciones y Museo de la Cámara de Diputados de la Nación, varias acciones se sucedieron entre el 1895 y el 1896. Por un lado, la Comisión elaboró diecinueve actas entre, el 22 de marzo de 1895 y el 1º de diciembre de 1896. En la quinta acta se hace constar que, como consultores, se nombra a tres arquitectos para “explicar verbalmente los planos” presentados al Concurso y estos fueron Joaquín Mariano Belgrano, Juan Antonio Buschiazzo y Jacques Dunant; en la sexta se publican los premios, en la séptima se nombra a Vittorio Meano como arquitecto ganador y, en la décima, en marzo de 1898, la Comisión solicita una nueva planta y “una nueva bóveda más majestuosa”. Tres meses después se aceptarían los planos nuevos presentados por el arquitecto premiado.
El nuevo Congreso Nacional sería inaugurado en 1906, comenzando a sesionar ese mismo año, aunque el edificio distaba de estar terminado, y la construcción continuó la siguiente década. El antiguo Congreso junto a Plaza de Mayo, pasó a ser sede del Archivo General de la Nación, hasta que en 1942 fue vendido al Banco Hipotecario Nacional y demolido para la construcción de la nueva sede del banco, aunque su sala de sesiones se conservó en el interior del edificio y actualmente se realizan visitas al recinto histórico.
En 1910, para brindar una adecuada perspectiva y marco al imponente edificio, el presidente Figueroa Alcorta ordenó la demolición de dos manzanas completas para inaugurar la Plaza del Congreso. Hacia 1915, continuaban los trabajos en el interior del edificio y los revestimientos pétreos, con nuevas partidas presupuestarias que hicieron la suma destinada a la construcción de tal forma que se formó una comisión para investigar sobreprecios. El actual edificio del Congreso recién pudo concluirse en 1946, año en que se finalizó el revestimiento del hemiciclo que da a la calle Combate de los Pozos.[14]
Pocas décadas después, el personal de la Cámara de Diputados había aumentado de tal manera que las oficinas del Palacio resultaban insuficientes, y para evitar continuar alquilando propiedades vecinas, se decidió la construcción de un Edificio Anexo. Ocupando un gran terreno del otro lado de Avenida Rivadavia, se llamó a concurso de proyectos en 1966 y fue elegido el de Manteola/Petchersky/Sánchez Gómez/Santos/Solsona. Pero las dictaduras que clausuraron el Congreso Nacional durante los siguientes 25 años retrasaron la construcción y el Anexo de la Cámara de Diputados (hoy llamado Anexo “A”) pudo ser inaugurado recién en 1984, con el regreso a la democracia.
Aunque el Congreso alquila un edificio de departamentos en Riobamba 71 que funciona como Anexo “B” de Diputados, en 2003 se eligió el proyecto del arquitecto Jorge Cortiñas para la construcción de un edificio ad hoc llamado Anexo “C”, ocupando un terreno que mira a la calle Bartolomé Mitre y cuyos fondos se tocan con el que Anexo “A”.[15] La obra comenzó en 2006 y fue habilitada a fines de 2011,[16] mientras se anunciaba la construcción del Anexo “D”, un edificio menor diseñado por el estudio 3S Arquitectura.[17]
Atribuciones de las Cámaras
Cada una de las cámaras del Congreso tiene atribuciones propias o particulares.
La Cámara de Diputados tiene la iniciativa de los proyectos de ley que traten sobre contribuciones y reclutamiento de tropas, recibe los proyectos ley surgidos por iniciativa popular (incorporada por la reforma de 1994), acusar ante el Senado al Presidente, Vicepresidente, Jefe de Gabinete, ministros del Poder Ejecutivo y miembros de la Corte Suprema en juicio político y someter a consulta popular un proyecto de ley.
El Senado es cámara de origen en la ley convenio sobre el régimen de coparticipación federal de impuestos y en proyectos de ley que promuevan el poblamiento y el crecimiento armónico de la nación, autoriza al presidente para que declare el estado de sitio en caso de ataque exterior, juzga en juicio público a los acusados por la Cámara de Diputados y presta acuerdo al presidente para designar a los miembros de la Corte Suprema y a los demás jueces federales, ministros plenipotenciarios, encargados de negocios y de oficiales superiores de las Fuerzas Armadas argentinas.
Representación federal en el Senado y en Diputados
El bicameralismo argentino responde a una tradición histórica relacionada con la formación del estado y la asunción de la forma federal de estado. Es un sistema bicameral: La cámara alta está conformada por un número fijo de 72 senadores (3 por provincia), siempre y cuando no se establezcan nuevas provincias, mientras que a la cámara baja la componen diputados cuya cantidad se regula por censo nacional cada 10 años, habiendo 1 diputado cada 161,000 argentinos (257 actualmente). El fundamento radica, por un lado, respecto de la Cámara de Diputados en que representa al pueblo de la nación en su conjunto, y por otro lado, se ubica el Senado que representa a las provincias como estamentos parte del estado federal argentino, funcionando esta como representación de las 24 jurisdicciones de primer orden (las 23 provincias y la ciudad autónoma) en ese carácter que otorga garantía de igualdad a las 24 jurisdicciones en el gobierno federal.
Distrito | Senadores | Diputados |
---|---|---|
Ciudad Autónoma de Buenos Aires | 3 | 25 |
Provincia de Buenos Aires | 3 | 70 |
Provincia de Catamarca | 3 | 5 |
Provincia del Chaco | 3 | 7 |
Provincia del Chubut | 3 | 5 |
Provincia de Córdoba | 3 | 18 |
Provincia de Corrientes | 3 | 7 |
Provincia de Entre Ríos | 3 | 9 |
Provincia de Formosa | 3 | 5 |
Provincia de Jujuy | 3 | 6 |
Provincia de La Pampa | 3 | 5 |
Provincia de La Rioja | 3 | 5 |
Provincia de Mendoza | 3 | 10 |
Provincia de Misiones | 3 | 7 |
Provincia del Neuquén | 3 | 5 |
Provincia de Río Negro | 3 | 5 |
Provincia de Salta | 3 | 7 |
Provincia de San Juan | 3 | 6 |
Provincia de San Luis | 3 | 5 |
Provincia de Santa Cruz | 3 | 5 |
Provincia de Santa Fe | 3 | 19 |
Provincia de Santiago del Estero | 3 | 7 |
Provincia de Tierra del Fuego | 3 | 5 |
Provincia de Tucumán | 3 | 9 |
Total Argentina | 72 | 257 |
Fueros parlamentarios
Los miembros del Congreso poseen fueros parlamentarios que, en forma expresa en la Constitución Argentina, determinan que "ninguno de los miembros del congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador".[18] Además, un miembro del Congreso sólo puede ser arrestado si es sorprendido in fraganti en la comisión de un delito. Dicha inmunidad se aplica únicamente durante su mandato.[19] Según los artículos 66 y 70 de la Constitución Nacional, las cámaras pueden corregir (suspender) a cualquiera de sus miembros por su conducta, removerlo por inhabilitación física o moral sobreviniente a su incorporación, o su exclusión, por mayoría de dos tercios de los votos. La ley 25230 estableció un Régimen de Inmunidades para legisladores, funcionarios y magistrados, sancionada el 8 de septiembre del año 2000 y promulgada por el gobierno de Fernando de la Rúa cuatro días después.[20]
Año | Congresista | Situación | Motivo[21] |
---|---|---|---|
1853 | Representante Pedro Ferré | Expulsado | Negarse a seguir actuando en las secciones posteriores a la sanción de la Constitución |
1867 | Diputado Eusebio Ocampo | Expulsado | Haber cooperado con una rebelión contra el Gobierno Nacional en la Provincia de Cuyo |
Diputado Buenaventura Sarmiento | |||
1874 | Diputado Juan Andrés Gelly y Obes | Expulsado | No haber asistido a las sesiones durante dos meses |
Diputado Francisco de Elizalde | |||
1875 | Diputado Martín de Gainza | Expulsado | Declarado cesante por la Cámara de Diputados el 2 de junio de 1875 por ser Ministro de Guerra y Marina y no haber asistido a sesiones |
1875 | Diputado Álvaro Barros | Expulsado | Declarados cesantes por la Cámara de Diputados el 2 de junio de 1875 por ser electos como gobernadores de sus provincias |
Diputado Cástulo Aparicio | |||
1880 | Diputado Bartolomé Mitre | Expulsado | Declarados cesantes por la Cámara de Diputados el 24 de junio de 1880 por no asistir a las sesiones durante la Revolución de 1880. |
Diputado Manuel Quintana | |||
Diputado Norberto Quirno Costa | |||
Diputado Vicente Gregorio Quesada | |||
Diputado Carlos Salas | |||
Diputado Enrique Perisena | |||
Diputado Francisco de Elizalde | |||
Diputado Ramón B. Muñiz | |||
Diputado Juan Agustín García | |||
Diputado Ricardo Lavalle | |||
Diputado Federico Espeche | |||
Diputado Fernando S. de Zavalía | |||
Diputado Néstor Escalante | |||
Diputado Juan B. Ferreyra | |||
Diputado Miguel M. Ruiz | |||
Diputado Cleto Aguirre | |||
Diputado Juan Bautista Alberdi | |||
Diputado Próspero García | |||
Diputado José Miguel Guastavino | |||
Diputado Juan M. Rivera | |||
Diputado Eudoro Díaz de Vivar | |||
Diputado Cástulo Aparicio | |||
Diputado Mauricio González Catán | |||
Diputado Martín de Gainza | |||
Diputado Emilio Mitre | |||
Diputado Delfín B. Huergo | |||
Diputado Manuel A. Montes de Oca | |||
Diputado José María Gutiérrez | |||
Diputado Justino Obligado | |||
Diputado Juan José Lanusse | |||
Diputado Hilario Lagos | |||
Diputado Emilio Bunge | |||
Diputado Edelmiro Máyer | |||
Diputado Manuel Rocha | |||
Diputado Juan José Montes de Oca | |||
Diputado Rufino de Elizalde | |||
Diputado Avelino Verón | |||
Diputado Manuel Florencio Mantilla | |||
Diputado Pedro R. Fernández | |||
Diputado Arturo L. Dávalos | |||
1925 | Diputado Luis Olmedo Cortés | Expulsado | Imputación de haber obtenido ilicitamente fuertes cantidades de dinero del Banco de Mendoza |
Diputado José A. Núñez | |||
1940 | Diputado José Guillermo Bertotto | Expulsado | Vinculado al caso de la venta de tierras de El Palomar al Gobierno Nacional |
1948 | Diputado Ernesto Sammartino | Suspensión por tres sesiones consecutivas | Expresiones ofensivas durante una sesión |
1949 | Diputado Agustín Rodríguez Araya | Expulsado | Expresiones vertidas durante la campaña electoral contra integrantes de la Cámara |
1949 | Diputado Atilio Cattáneo | Expulsado | Expresiones injuriosas contra el presidente de la Nación en un acto de propaganda política |
1955 | Diputado Roberto Carena | Expulsado | Renunció a su banca en disconformidad a la separación de la Iglesia Católica del Estado |
1988 | Diputado Horacio Cambareri | Suspensión por tres sesiones consecutivas | Desorden de conducta en ejercicio de sus funciones al haber utilizado el servicio de télex con fines políticos durante los Levantamientos Carapintadas |
1991 | Diputado Ángel Luque | Expulsado | Conceptos vertidos en un reportaje periodístico relacionados con el crimen de María Soledad Morales ocurrido en Catamarca |
1995 | Diputado Eduardo Varela Cid | Suspensión por 45 días | Desorden de conducta en ejercicio de sus funciones al haber pretendido obtener beneficios personales al tramitar una ley |
2002 | Diputada Hilda Norma Ancarani de Godoy | Expulsada | Amenazas contra dos periodistas de un medio televisivo |
2005 | Senador Raúl Ochoa | Suspensión | Juzgado por haber votado dos veces en las elecciones legislativas de 2001 |
2017 | Diputado Julio De Vido | Suspensión por tiempo indeterminado | Desafuero judicial al ser investigado en causas de corrupción. |
2020 | Diputado Juan Emilio Ameri | Suspensión por 60 días | Desorden de conducta en ejercicio de sus funciones al practicar un acto sexual durante un sesión de asistencia presencial y remota en medio de la pandemia de COVID-19. |
Composición política del Congreso
A diciembre de 2019, tras la última elección en que se renovó un tercio de los senadores y la mitad de los diputados en las elecciones legislativas del 27 de octubre de 2019, el bloque oficialista del Frente de Todos, fuerza que respalda al Presidente Alberto Fernández, es la primera minoría en la Cámara de Diputados con 120 diputados y la mayoría absoluta en el Senado con 41 senadores, no logrando el quórum[lower-alpha 1] en la Cámara de Diputados.
La segunda minoría en cantidad de representados en diputados es el interbloque Juntos por el Cambio con 116 diputados. La tercera minoría en diputados es el interbloque Federal con 10 diputados, en cuarto lugar el interbloque Unidad Federal para el Desarrollo con 8 diputados. La primera minoría en cantidad de representados en senadores es el interbloque Juntos por el Cambio con 28 senadores.
Cámara de Diputados
La Cámara de Diputados de la Nación Argentina, oficialmente Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina, es, junto con el Senado, una de las dos cámaras que conforman el Congreso de la Nación, que constituye el poder legislativo de la República Argentina. Es conocida informalmente como cámara baja, por oposición a la Cámara de Senadores, conocida como cámara alta. La cámara está integrada por 257 diputados nacionales quienes representan directamente al pueblo de la Nación. Tienen mandatos de cuatro años y pueden ser reelegidos. Son elegidos utilizando el sistema de representación proporcional D'Hondt en cada uno de los 24 distritos autónomos que integran la federación (23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires). Cada dos años la Cámara renueva la mitad de sus miembros.[22]
La Cámara de Diputados tiene atribuciones exclusivas en materia de creación de impuestos y reclutamiento de tropas.[23] También es quien debe formular las acusaciones que puedan desembocar en un juicio político al presidente de la Nación, al vicepresidente, los ministros de Estado y los miembros de la Corte Suprema. Dichas acusaciones son formuladas ante el Senado de la Nación Argentina y requieren una aprobación de las dos terceras partes de la Cámara.[24]
Al igual que la Cámara de Senadores, redacta su reglamento interno y puede decidir el disciplinamiento o incluso la expulsión de sus propios integrantes.[25] Sus integrantes tienen fueros parlamentarios que impiden que sean detenidos, pero pueden ser revocados por los restantes componentes de la Cámara si se formulara una orden judicial que lo requiriera.[26]
La representatividad que da sustento a la democracia en la República Argentina se halla regulada por la Constitución Nacional en lo atinente a la conformación de ambas cámaras del Congreso. Los diputados son elegidos directamente por el pueblo de la Nación, dependiendo su número de la cantidad de habitantes. A los fines electorales, el país se divide en 24 distritos (23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) debiendo elegir cada uno de ellos sus diputados en forma proporcional al número de habitantes.
Según la ley 22 847 el número de diputados que corresponde a cada distrito es de 1 diputado cada 161 000 habitantes o fracción superior a 80 500. Sin embargo dicha ley también establece que ningún distrito puede tener menos de 5 diputados o poseer menos diputados que los que tenía en 1976. El número de miembros debería ajustarse a los resultados de cada censo efectuado cada diez años, pero esto no ha ocurrido[27] desde la recuperación de la democracia en 1983.[28][29]
A partir de 2019 se estableció un sistema de paridad de género en los órganos legislativos nacional y subregional (Congreso Nacional y Parlamento del Mercosur), que obliga a intercalar igualitariamente hombres y mujeres en todas las listas de candidatos.
La cámara posee un canal de televisión llamado Diputados TV (DTV), por el que se transmiten sesiones en vivo y programas informativos.[30]Senado
El Honorable Senado de la Nación Argentina es, junto con la Cámara de Diputados, una de las dos cámaras que conforman el Congreso Nacional, que constituye el poder legislativo de la República Argentina. Es conocida informalmente como Cámara Alta, por oposición a la Cámara de Diputados, conocida como Cámara Baja. La Cámara está integrada por 72 senadores, tres por cada uno de los 24 distritos autónomos que integran la república (23 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), a los cuales representan. Tienen mandatos de seis años y pueden ser reelegidos indefinidamente. Son elegidos por sufragio directo y en forma conjunta, obteniendo dos senadores el partido o coalición que obtenga la mayor cantidad de votos y un senador el que le siga en número de votos. Cada dos años la Cámara renueva un tercio de sus miembros, realizándose elecciones en tres bloques de ocho provincias rotativamente. El Senado es presidido por la persona que ocupa el cargo de vicepresidente de la Nación, quien no integra el cuerpo de senadores y solo vota en caso de empate.
El Senado tiene poderes exclusivos que no se le conceden a la Cámara de Diputados. Entre ellos está autorizar al presidente de la Nación para que declare el estado de sitio, prestar acuerdo al Poder Ejecutivo para la designación de magistrados judiciales, ministros plenipotenciarios, oficiales superiores de las Fuerzas Armadas y tener la iniciativa en leyes sobre coparticipación federal de impuestos. Además es la encargada de juzgar a los acusados por la Cámara de Diputados en juicio político: presidente de la Nación, al vicepresidente de la Nación, los ministros de Estado y los miembros de la Corte Suprema.
Al igual que la Cámara de Diputados, redacta su reglamento interno y puede decidir el disciplinamiento o incluso la expulsión de sus propios integrantes.[33] Sus integrantes tienen fueros parlamentarios que impiden que sean detenidos, pero pueden ser revocados por los restantes componentes de la Cámara si se formulara una orden judicial que lo requiriera.[34]
A partir de 2019 se estableció un sistema de paridad de género en los órganos legislativos nacional y subregional (Congreso Nacional y Parlamento del Mercosur), que obliga a intercalar igualitariamente hombres y mujeres en todas las listas de candidatos.
La cámara posee un canal de televisión llamado Senado TV, por el que se transmiten sesiones en vivo y se transmiten programas informativos.[35]Interbloques | Bloques | Presidentes de bloque | |
---|---|---|---|
Juntos por el Cambio (33)
(Presidente: Alfredo Cornejo) |
Unión Cívica Radical (18) | Luis Petcoff Naidenoff | |
Frente PRO (9) | Humberto Schiavoni | ||
Cambio Federal (4) | Ignacio Agustín Torres | ||
Producción y Trabajo (1) | Roberto Basualdo | ||
Partido por la Justicia Social (1) | Beatriz Luisa Ávila | ||
Frente de Todos (31)
(Presidente: sin confirmar) |
Frente Nacional y Popular (19) | José Mayans | |
Unidad Ciudadana (12) | Juliana Di Tullio | ||
Unidad Federal (5) | Guillermo Snopek | ||
Misiones (1) | Magdalena Solari Quintana | ||
Hay Futuro Argentina (1) | María Clara Vega | ||
Juntos Somos Río Negro (1) | Alberto Weretilneck | ||
Fuente: actualizada al 22/02/2023[36][37] |
Asamblea Legislativa
Es la reunión conjunta de ambas cámaras celebrada desde 1862 para:
- Inauguración del Periodo de Sesiones Ordinarias
- Admitir o desechar la dimisión del Presidente y Vicepresidente
- Tomar el juramento al Presidente que asuma
- Designar al funcionario público que va a completar el mandato que quedó vacante
- Proclamar a los electos Presidente y Vicepresidente
- Homenajear a los héroes de la Patria o agasajar a Presidentes extranjeros.
Periodos de Sesiones Ordinarias
La inauguración de los periodos es una costumbre desde 1862 que consiste en la reunión de la Asamblea Legislativa en la Cámara de Diputados de la Nación Argentina para escuchar el mensaje del Presidente de la Nación Argentina, donde este hace un balance de su gestión y anuncia su agenda legislativa para el año entrante.
La inauguración de las sesiones ordinarias es similar al Discurso del Estado de la Unión de Estados Unidos. La primera, fue inaugurada el 25 de mayo de 1862 por el presidente Bartolomé Mitre en la primera sede del Congreso Argentino (Perú 272) donde estaban reunidos 15 senadores y 24 diputados. En las primeras inauguraciones, el presidente hacía una breve alocución y dejaba el mensaje en manos del Vicepresidente. El primer Presidente en leer el mensaje fue Domingo Faustino Sarmiento al inaugurar el octavo periodo, el 5 de mayo de 1869.
También estaba la Clausura del Periodo, la última celebrada el 25 de octubre de 1872 para el decimoprimer periodo por Domingo Faustino Sarmiento. La Primera para la visita de un Presidente extranjero fue el 24 de mayo de 1935 (71° periodo) para el Presidente de Brasil, Getulio Vargas.
Las inauguraciones se hacían en fechas cercanas al 25 de mayo y las clausuras (hasta 1872) al 12 de octubre, pero desde la Reforma Constitucional de 1994, las inauguraciones se hacen el 1 de marzo de cada año.[38]
Véase también
Notas
- Número mínimo de diputados y senadores que deben estar presentes para que la cámara inicie sesión y adopte decisiones variadas. El artículo 64 de la Constitución Nacional exige la mayoría absoluta. Para los reglamentos de las cámaras se trataría de «la mitad más uno». Así, es necesario que 130 de los 257 diputados estén presentes para que la cámara de diputados inicie la sesión. En el caso del senado (con 72 senadores) deben asistir 37 para que la cámara pueda deliberar.
Referencias
- «Listado por bloques». Consultado el 15 de diciembre de 2021.
- «Se partió el bloque oficialista y Cristina Kirchner pierde el control del Senado». La Nacion. 22 de febrero de 2023. Consultado el 22 de febrero de 2023.
- «Interbloques». hcdn.gob.ar. Consultado el 6 de agosto de 2021.
- «El legislador Felipe Álvarez abandonó la bancada opositora. Diputados: se achica el interbloque de Juntos por el Cambio». Página 12. 31 de octubre de 2020.
- Constitución Nacional - Atribuciones del Congreso
- Constitución Nacional: Artículo 63
- «Constitución nacional - De la cámara de diputados». senado.gov.ar. Consultado el 29 de mayo de 2014.
- Ley 24 012 y decreto reglamentario 379/93
- «GMMP - Mujeres en la política». Archivado desde el original el 20 de diciembre de 2018. Consultado el 1 de agosto de 2008.
- Constitución Nacional - Del Senado
- Constitución Nacional - De la Auditoría General de la Nación
- Constitución Nacional - Del defensor del pueblo
- LOS EDIFICIOS DEL CONGRESO DE LA NACIÓN ARGENTINA Archivado el 15 de marzo de 2016 en Wayback Machine. Cámara de Diputados de Nación
- E. Ricucci Barrionuevo , PALACIO DEL CONGRESO NACIONAL Centro Argentino de Ingenieros
- Diputados se concentra lanacion.com, 26 de noviembre de 2003
- Inauguraron un nuevo edificio de la Cámara de Diputados Archivado el 19 de febrero de 2012 en Wayback Machine. telam.com, 7 de septiembre de 2011
- ANEXO "D" CÁMARA DE DIPUTADOS 3S Arquitectura
- Constitución Nacional: Artículo 68
- Constitución Nacional: Artículo 69
- Historia de los desafueros y expulsiones de legisladores, diariopopular.com.ar, 12 de julio de 2017
- Legisladores expulsados y suspendidos en la historia argentina, parlamentario.com, 19 de julio de 2017
- Constitución Nacional, artículo 50.
- Constitución Nacional, artículo 52.
- Constitución Nacional, artículo 53.
- Constitución Nacional, artículo 66: Disposiciones comunes a ambas Cámaras.
- Constitución Nacional, artículos 69 y 70: Disposiciones comunes a ambas cámaras.
- Excepto para la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, a la cual —al momento de su creación en 1991— se le aumentaron tres bancas a las dos que ya tenía cuando era Territorio Nacional.
- «Composición de la Cámara hasta el 9 de diciembre de 2011.» (pdf). Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina. Archivado desde el original el 15 de marzo de 2016. Consultado el 8 de septiembre de 2011.
- Constitución Nacional, artículo 45.
- «Diputados TV».
- «Interbloques». hcdn.gob.ar. Consultado el 18 de agosto de 2023.
- «Bloques». hcdn.gob.ar. Consultado el 18 de agosto de 2023.
- Constitución Nacional, artículo 66: Disposiciones comunes a ambas Cámaras.
- Constitución Nacional, artículos 69 y 70: Disposiciones comunes a ambas cámaras.
- «Senado TV».
- «Ruptura del Frente de Todos en el Senado: cuatro legisladores armaron un nuevo bloque». Perfil. 22 de febrero de 2023. Consultado el 23 de febrero de 2023.
- «Listado por bloques». Consultado el 18 de agosto de 2023.
- Parlamentario: Las Asambleas Legislativas en la historia
Enlaces externos
- Wikimedia Commons alberga una categoría multimedia sobre Congreso de la Nación Argentina.
- www.senado.gov.ar Sitio oficial del Senado de la Nación Argentina
- www.hcdn.gob.ar Sitio oficial de la Cámara de Diputados de la Nación Argentina