Conversión

Conversión es la práctica religiosa por la que una persona adopta como propias las creencias de la comunidad de creyentes a la que se incorpora. Cuando dicha práctica se realiza por alguien que tenía una creencia religiosa previa y diferente de la que asume, desde ese momento pasa a ser considerado por la comunidad creyente abandonada como un apóstata o un renegado.

Debe distinguirse del rito de paso o iniciación, el conjunto de acciones rituales con que el neófito o catecúmeno es reconocido públicamente como miembro de la comunidad, y que en la mayor parte de las culturas se produce acompañando al tránsito biológico que tiene lugar tras el nacimiento o tras la niñez, por tanto sin haber tenido otra creencia religiosa previa.

Conversión al cristianismo

En el Nuevo Testamento

En el Nuevo Testamento, se utiliza el término griego ἐπιστρεφω (epistrepho), que quiere decir ‘volverse a’, y se relaciona con Jesús o Dios.

La conversión de San Pablo, producida camino de Damasco, es la más famosa de las descritas en el Nuevo Testamento (Hechos de los Apóstoles 9, 1-18).

Edad Media en España

En la Edad Media, la conversión de judíos, producida en diferentes circunstancias, algunas sinceras y otras forzadas masivamente en el contexto de pogromos, como la revuelta antijudía de 1391 en España, trajo como consecuencia la existencia de comunidades de conversos de origen judío, que en España fueron denominados cristianos nuevos. Los problemas sociales suscitados provocaron enfrentamientos como la revuelta anticonversa de Toledo de 1449, tras la que se exigieron los estatutos de limpieza de sangre, un régimen de discriminación legal contra los conversos. La existencia de criptojudíos o judaizantes (se les dio el nombre de marranos a los de la corona de Castilla y el reino de Portugal) y el recelo aplicado universalmente contra todos los conversos, judaizaran o no, se mantuvo durante todo el Antiguo Régimen en España, y justificó la creación de la Inquisición española y el decreto de expulsión de los judíos de España de 1492. En Mallorca se conformó una comunidad endogámica de cristianos nuevos con características muy particulares (chuetas).

En el caso de los musulmanes, tras la revuelta mudéjar de 1499-1502, se produjo el bautismo forzoso de todos los que quedaron en España, pasando a ser denominados moriscos, que tras nuevas revueltas (Rebelión de las Alpujarras de 1568-1571) fueron dispersados por el interior de la Península y definitivamente objeto de la expulsión de los moriscos de 1609.

Conversiones al catolicismo en el mundo anglosajón en el siglo XX

Durante el siglo XX surgió en el mundo anglosajón un renacimiento espiritual que afectó a relevantes escritores conversos, entre los cuales se encuentran:

Conversión al islam

Un neo-musulmán o musulmán convertido recientemente al islam es denominado Muallaf. El más importante de los cinco pilares del islam (la creencia en un solo Dios, y en que Mahoma es su profeta), es el que marca la conversión, que se produce desde el momento en que el nuevo creyente hace sinceramente esa profesión de fe, llamada shahada.[1]

En la España musulmana medieval los conversos al islam eran llamados muladíes.

Conversión al judaísmo

La norma judía que regula la manera aceptable de convertirse al judaísmo se denomina giur. La decisión de convertirse al judaísmo debe provenir del propio convencimiento, demostrado por lo que se dice y hace.

Procedimiento

Los requerimientos, dictados por la halajá son los siguientes:

  • Circuncisión.
  • Baño ritual por inmersión.
  • Entender y aceptar las obligaciones de ser un judío observante.

Como consecuencia de la conversión, el prosélito pasa a ser parte del pueblo judío, con algunas restricciones existentes en algunas de las denominaciones judías.

Conversión al sijismo

Para convertirse al sijismo se debe demostrar conocimiento y entendimiento de los contenidos de Gurú Granth Sahib y demostrar madurez para seguir el código de conducta sij.[2]

Existe una ceremonia de iniciación en la cual se realizan una serie de oraciones y actos rituales, enumerados a continuación:[3]

  • Lectura de las normas y obligaciones.
  • Aceptación de las normas y obligaciones.
  • Oraciones en torno al amrit, o néctar, que se prepara añadiendo azúcar a un bol con agua, por parte de los cinco piare.
  • Repartición del néctar a los iniciados.
  • Oración y compromiso de los iniciados.
  • Comida compartida (Kara Parshad).

Derecho internacional

La Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas define la conversión religiosa como un derecho humano: "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de libertad de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencias" (artículo 18). A pesar de este derecho humano declarado por la ONU, algunos grupos prohíben o restringen la conversión religiosa (véase más abajo).

Basado en la declaración, la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (UNCHR) redactó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, un tratado jurídicamente vinculante. Establece que "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho comprende la libertad de tener o adoptar la religión o las creencias de su elección" (artículo 18.1). "Nadie será objeto de coacción que pueda menoscabar su libertad de tener o adoptar la religión o las creencias de su elección" (artículo 18.2).

La UNCHR emitió un comentario general sobre este artículo en 1993: "El Comité observa que la libertad de 'tener o adoptar' una religión o creencia implica necesariamente la libertad de elegir una religión o creencia, incluido el derecho a reemplazar la religión o creencia actual de uno con otra o adoptar puntos de vista ateos... El artículo 18.2 prohíbe la coerción que menoscabaría el derecho a tener o adoptar una religión o creencia, incluido el uso de la amenaza de fuerza física o sanciones penales para obligar a los creyentes o no creyentes a adherirse a sus creencias y congregaciones religiosas, a retractarse de su religión o creencia o para convertirse." (CCPR/C/21/Rev.1/Add.4, Comentario General No. 22.; énfasis añadido)

Algunos países distinguen la conversión voluntaria y motivada del proselitismo organizado, intentando restringir este último. El límite entre ellos no es fácil de definir: lo que una persona considera legítimo evangelizar o dar testimonio, otra puede considerarlo intrusivo e impropio. Este extracto de un artículo del Dr. C. Davis, publicado en el "Journal of Law and Health" de la Cleveland State University, ilustra los problemas que pueden surgir de tales puntos de vista subjetivos: "Según la Unión de Congregaciones Hebreas Americanas, los judíos por Jesús y los cristianos hebreos constituyen dos de los cultos más peligrosos, y sus miembros son candidatos apropiados para la desprogramación. Los evangélicos anti-cultos... protestan que 'la agresividad y el proselitismo... son básicos para el cristianismo auténtico', y que los judíos por Jesús y Campus Crusade for Christ no deben ser etiquetados como cultos. Además, ciertos grupos jasídicos que atacaron físicamente una reunión del 'culto' cristiano hebreo han sido etiquetados como 'culto' y equiparados con los seguidores del Reverendo Moon, nada menos que por el presidente de la Conferencia Central de Rabinos Americanos".[4]

Desde el colapso de la antigua Unión Soviética, la Iglesia ortodoxa rusa ha disfrutado de un renacimiento. Sin embargo, se opone a lo que considera proselitismo ilegítimo por parte de la Iglesia católica, el Ejército de Salvación, los Testigos de Jehová y otros movimientos religiosos en lo que se refiere como su territorio canónico.

Grecia tiene una larga historia de conflicto, sobre todo con los Testigos de Jehová, pero también con algunos pentecostales, por sus leyes sobre el proselitismo. Esta situación se deriva de una ley aprobada en la década de 1930 por el dictador Ioannis Metaxas. Un testigo de Jehová, Minos Kokkinakis, ganó el equivalente a $14 400 en daños del estado griego después de ser arrestado por tratar de predicar su fe de puerta en puerta. En otro caso, Larissis v. Grecia, un miembro de la iglesia pentecostal también ganó un caso en la Corte Europea de Derechos Humanos.

Notas

Bibliografía

Enlaces externos

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