De lege ferenda
De lege ferenda[1] es una locución latina que significa «para una futura reforma de la ley» o «con motivo de proponer una ley».[2] En consecuencia, se trata de una recomendación que debe ser tenida en cuenta como conveniente en una próxima enmienda legislativa.[3]
Usos
La expresión es utilizada habitualmente en la literatura jurídica (tratados, manuales, ensayos, memorias) y en la jurisprudencia (sentencias), cuando los autores o los jueces, respectivamente, se refieren a la necesidad de contar con una nueva legislación sobre una materia determinada.[4][5] Por ejemplo, «Algunas propuestas de lege ferenda sobre la legislación sobre periodismo en Bolivia».
Se opone a la expresión de lege lata, que se refiere a la ley tal como está en la actualidad.[6]
Referencias
- Rodríguez, Agustín W.; Galetta de Rodríguez, Beatriz (2008). Diccionario Latín Jurídico, Locuciones latinas de aplicación jurídica actual (1ª edición). Buenos Aires, Argentina: Ed. García Alonso. p. 70.
- De Prada Rodríguez, Mercedes; De Prada Segovia, Marisa; Cuquerella Jiménez-Díaz, Ana (2011). Español Jurídico para Extranjeros (1ª edición). Oleiros, La Coruña, España: Ed. Netbiblo. ISBN 978-84-9745-565-7. Consultado el 9 de agosto de 2016.
- «Definición de lege ferenda». Pop Juris. Consultado el 25 de febrero de 2015.
- «De lege ferenda». Enciclopedia jurídica. Consultado el 25 de febrero de 2015.
- «Locuciones latinas». dipublico.org. Consultado el 30 de mayo de 2016.
- «De lege lata». Enciclopedia jurídica. Consultado el 25 de febrero de 2015.