Anexo:Departamentos de Uruguay
El territorio de Uruguay está repartido en 19 entidades subnacionales de primer orden denominadas como departamentos. En cada uno de ellos un intendente ostenta el poder ejecutivo, el cual es elegido por sufragio universal directo para un mandato de cinco años; mientras que el poder legislativo queda a cargo de los ediles de la Junta Departamental.
Departamentos de Uruguay | ||
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País | Uruguay | |
Categoría | Primer nivel de división administrativa | |
Fecha de creación | 1830 | |
Datos estadísticos | ||
Número actual | 19 | |
Gobierno | Intendente | |
Subdivisión(es) | Municipios | |
Historia
Orígenes
Si bien durante la dominación española, el actual territorio de Uruguay ya estaba dividido en intendencias y gobernaciones, la primera división en departamentos ocurrió el 27 de enero de 1816, mediante decreto del Cabildo se crearon los departamentos de Montevideo, Canelones, San José, Maldonado, Soriano y Colonia.
Originalmente eran solo seis, pero el 3 de febrero de ese año se añadieron Cerro Largo y Paysandú, y el 27 de agosto de 1828 se le sumó Durazno. Cuando se firmó la constitución de 1830, los nueve departamentos existentes eran: Montevideo, Maldonado, Canelones, San José, Colonia, Soriano, Paysandú, Durazno y Cerro Largo. En ese momento, el departamento de Paysandú ocupaba todo el territorio al norte del río Negro, que incluye los actuales departamentos de Artigas, Rivera, Tacuarembó, Salto, Paysandú y Río Negro.
1837: creación de Salto, Tacuarembó y Minas
Por Ley N° 158 del 16 de junio de 1837 se dividió el departamento de Paysandú (que comprendía todo el territorio al norte del río Negro) en tres partes, dando origen a los departamentos de Salto y Tacuarembó. El de Paysandú fue reducido al doble de sus dimensiones actuales, delimitado por los ríos Daymán, Uruguay, Negro y el arroyo Salsipuedes hasta las nacientes del río Dayman en la Cuchilla de Salto, parte de la Cuchilla de Haedo. Salto quedó delimitado por la superficie comprendida entre los ríos Cuareim, Uruguay, Daymán y la Cuchilla de Haedo hasta las nacientes del Cuareim. Mientras que Tacuarembó quedó integrado por las tierras encerradas por el río Negro hasta su origen en la Cuchilla Grande, las sierras hasta las nacientes del río Cuareim, la cuchilla de Haedo hasta las nacientes del arroyo Salsipuedes, y el curso de este arroyo hasta su desembocadura con el río Negro.[1]
Al mismo tiempo, a partir de territorio que antes formaba parte de Cerro Largo y Maldonado esta misma ley creó el departamento de Minas, que finalmente fue renombrado a Lavalleja. El departamento de Minas quedó delimitado de la siguiente manera: por el oeste el arroyo Campá, hasta su desembocadura en el río Santa Lucía, luego una línea por la Cuchilla Grande hasta las nacientes del río Olimar Grande; por el norte el curso del Olimar Grande hasta su desembocadura en el Cebollatí; este y el Aiguá por el sureste hasta sus orígenes en la Cuchilla de Carapé; y por el sur el resto de esta cuchilla hasta la Cuchilla Grande, de largo hasta la naciente del arroyo de las Conchitas, siguiendo su curso hasta el Santa Lucía, y este curso hasta donde desemboca el arroyo Campá.[1]
1856: creación de Florida
Con la Ley N° 493 del 10 de julio de 1856, se creó el departamento de Florida a partir del territorio del departamento de San José, estableciéndose como territorio del nuevo departamento el correspondiente hasta entonces al territorio de la jurisdicción ordinaria de la villa de Florida.[2]
En 1873 se modificaron las fronteras del departamento de Durazno.[3]
1881: creación de Río Negro y Rocha
El 7 de julio de 1880 se dispuso mediante las Leyes N°1474 y 1475 la creación de los departamentos de Rocha y Río Negro, respectivamente, que según dichas normas se haría efectiva desde el 1° de agosto de 1881.
Del departamento de Maldonado se formó el nuevo departamento de Rocha, delimitado por la laguna Garzón, el arroyo Garzón hasta su naciente y el arroyo Alférez y siguiendo por este hasta su desembocadura en el Aiguá; y el departamento de Maldonado quedó reducido al remanente. Se estableció como capital la villa de Rocha (actualmente ciudad).[4]
Por su parte, el departamento de Paysandú nuevamente se dividió, dando origen al departamento de Río Negro al sur de este. La capital del nuevo departamento se fijó en la villa Independencia (actualmente la Ciudad de Fray Bentos) y sus límites se determinaron de la siguiente manera: al norte, el arroyo Negro hasta su naciente, la cuchilla divisoria de aguas hacia los arroyos Averías y Queguay y el arroyo de Santo Tomás hasta su desembocadura en el arroyo Salsipuedes; al este, el arroyo Salsipuedes hasta su desembocadura en el Río Negro; al sur, el Río Negro; y al oeste, el Río Uruguay.[5]
1884: creación de Treinta y Tres, Artigas y Rivera
En 1884 se formó el departamento de Treinta y Tres, a partir de partes de Cerro Largo y Minas, mediante la Ley N° 1754 del 20 de septiembre de 1884, estableciéndose su capital en la localidad homónima. Sus límites quedaron fijados al norte por el arroyo Parado desde su naciente hasta el límite de Rincón de Ramírez, de este límite hasta el río Tacuarí, y por el río Tacuarí hasta su desembocadura en la laguna Merím. Al este, por la laguna Merim desde la desembocadura del río Tacuarí hasta la desembocadura del río Cebollatí, y siguiendo por este río hasta la desembocadura del arroyo Corrales. En el sur, por el arroyo Corrales en su desembocadura hasta su naciente, de ahí una línea quebrada hasta la desembocadura del arroyo Averías en el río Olimar Chico, y de este punto, siguiendo el Olimar Chico hasta su naciente en la Cuchilla Grande. En el oeste, el límite sigue la Cuchilla Grande, desde la naciente del Olimar Chico hasta la naciente del arroyo Parado.[6]
Por Ley N° 1757 del 1° de octubre de 1884 se crea el departamento de Artigas escindiendo del departamento de Salto su sección norte, estableciéndose como su capital al poblado de San Eugenio (hoy Ciudad de Artigas) y marcando como límite sur del nuevo departamento el Arroyo Yacuy desde su desembocadura en el Río Uruguay aguas arriba hacia la desembocadura del Arroyo de los Pavos en el Arroyo Yacuy; de ahí una línea recta hasta el Arroyo Arapey Chico a la altura de barra de Cebollatí; luego siguiendo el Arroyo Arapey Chico aguas arriba hasta la punta de la Cuchilla de Belén, siguiendo por la divisoria de aguas hacia el límite con el hasta entonces departamento de Tacuarembó, en la Cuchilla Negra.[7]
Por esta misma Ley también se creó el departamento de Rivera, escindiendo la porción norte del departamento de Tacuarembó. Se estableció como capital del nuevo departamento a la ciudad homónima y su límite con el departamento de Tacuarembó parte desde la Cuchilla de Haedo por el Arroyo Laureles hasta su desembocadura en el Río Tacuarembó; a continuación baja por este río hasta el entonces camino real que sale de San Fructuoso (hoy Ciudad de Tacuarembó) y de ahí siguiendo por este camino hasta el paso y laguna de Mazangano, a la altura de donde actualmente está el puente de la Ruta 44 sobre el Río Negro.[7]
1885: creación de Flores
Mediante Ley N° 1854 del 30 de diciembre de 1885 se creó el departamento de Flores, tomando parte de los territorios del departamento de San José, y su capital se fijó en Trinidad. Sus límites se establecieron al norte por los ríos Negro y Yí; al sur desde la naciente del arroyo San Gregorio hasta su desembocadura en el Río San José, y de ahí una línea recta hasta la naciente del arroyo Grande; al este por el arroyo Maciel desde su naciente hasta su desembocadura en el río Yí; y en el oeste por el arroyo Grande hasta su desembocadura en el Río Negro.[8]
Evolución posterior
El 12 de junio de 1911 se modificó el límite entre Cerro Largo y Treinta y Tres en la zona de la localidad de Santa Clara de Olimar que ese mismo día había sido elevado a la categoría de «pueblo».[9]
En la Constitución de 1918 plebiscitada el 25 de noviembre de 1917 y que entrara a regir el 1° de marzo de 1919, se reemplazaron las Jefaturas Departamentales, en las que el Jefe de policía realizaba a la vez la función municipal, por Intendencias Municipales gobernadas por un Intendente autónomo electo por los habitantes del departamento.
El 26 de diciembre de 1927 se cambió el nombre del Departamento de Minas, pasándose a denominar Departamento de Lavalleja.[10]
Casi un siglo después de su creación, en 1977, se modificaron durante la dictadura militar de 1973-1985 parte de los límites del departamento de Flores mediante el Decreto Ley N° 14708 del 30 de septiembre de 1977, en el área de la villa de Ismael Cortinas y la cuádruple frontera de los departamentos de Flores, Colonia, San José y Soriano.[11] Esta modificación, no realizada por el órgano competente para fijar límites departamentales (la Asamblea General), fue ratificada valor de ley por la Ley N° 15738 de convalidación de actos dictados por el Consejo de Estado.[12]
En la reforma constitucional de 1997 se institucionalizó el Congreso Nacional de Intendentes. En esta misma reforma se separaron las elecciones departamentales de las nacionales, pasándose a realizar en mayo del año siguiente a las elecciones nacionales.
Estatuto legal
Creación de departamentos
Según el artículo 85 de la Constitución Nacional de Uruguay, es competencia de la Asamblea General la creación de nuevos departamentos, lo cual debe hacerse por una mayoría especial de dos tercios de votos del total de componentes de cada Cámara. También es competencia de la Asamblea General la fijación de sus límites, requiriendo la misma mayoría.[13]
Organización administrativa
El régimen jurídico constitucional de los departamentos se encuentra en la Sección XVI de la Constitución de la República. Está integrado por el Intendente (ejecutivo departamental) y la Junta Departamental (legislativo departamental). La Ley Orgánica Municipal N° 9515 reglamenta estos preceptos en lo que no ha sido derogada tácitamente por la Constitución (posterior a esta ley).
Finanzas
El artículo 297 de la Constitución establece las fuentes de recursos de los Gobiernos Departamentales, entre los cuales menciona tributos departamentales, tributos nacionales cuya administración le fue conferida a los departamentos, lo obtenido por la explotación de ciertos servicios o rentas, lo recaudado por sanciones, las donaciones, herencias y legados que recibiere y aceptare, y la parte del Presupuesto Nacional que reciba de las Leyes de Presupuesto.
Mapas
Departamentos de Uruguay
Mapa político de Uruguay mostrando la división por departamentos. |
Departamento | Código ISO | Área (km²) |
Población (2011) |
Densidad de
población (hab/km²) |
Capital | Escudo | Bandera | Fundación |
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Artigas | UY-AR | 11 928 | 73 378 | 6,15 | Artigas | 1 de octubre de 1884 | ||
Canelones | UY-CA | 4536 | 520 187 | 114,68 | Canelones | 27 de enero de 1816 | ||
Cerro Largo | UY-CL | 13 648 | 84 698 | 6,21 | Melo | 3 de febrero de 1816 | ||
Colonia | UY-CO | 6106 | 123 203 | 20,18 | Colonia del Sacramento | 27 de enero de 1816 | ||
Durazno | UY-DU | 11 643 | 57 088 | 4,90 | Durazno | 27 de agosto de 1828 | ||
Flores | UY-FS | 5144 | 25 050 | 4,87 | Trinidad | 30 de diciembre de 1885 | ||
Florida | UY-FD | 10 417 | 67 048 | 6,44 | Florida | 10 de julio de 1856 | ||
Lavalleja | UY-LA | 10 016 | 58 815 | 5,87 | Minas | 16 de junio de 1837 | ||
Maldonado | UY-MA | 4793 | 164 300 | 34,28 | Maldonado | 27 de enero de 1816 | ||
Montevideo | UY-MO | 530 | 1 319 108 | 2489 | Montevideo | 27 de enero de 1816 | ||
Paysandú | UY-PA | 13 922 | 113 124 | 8,13 | Paysandú | 3 de febrero de 1816 | ||
Río Negro | UY-RN | 9282 | 54 765 | 5,90 | Fray Bentos | 1 de agosto de 1881 | ||
Rivera | UY-RV | 9370 | 103 493 | 11,04 | Rivera | 1 de octubre de 1884 | ||
Rocha | UY-RO | 10 551 | 68 088 | 6,45 | Rocha | 1 de agosto de 1881 | ||
Salto | UY-SA | 14 163 | 124 878 | 8,82 | Salto | 16 de junio de 1837 | ||
San José | UY-SJ | 4992 | 108 309 | 21,70 | San José de Mayo | 27 de enero de 1816 | ||
Soriano | UY-SO | 9008 | 82 595 | 9,17 | Mercedes | 27 de enero de 1816 | ||
Tacuarembó | UY-TA | 15 438 | 90 053 | 5,83 | Tacuarembó | 16 de junio de 1837 | ||
Treinta y Tres | UY-TT | 9676 | 48 134 | 4,97 | Treinta y Tres | 20 de septiembre de 1884 |
Municipios
Desde la sanción de la ley Nº 18567 del 13 de septiembre de 2009, los departamentos de Uruguay se subdividen en municipios.[14] La primera elección municipal se llevó a cabo el 9 de mayo de 2010. En la actualidad Uruguay tiene un total de 127 municipios.[15]
Véase también
Referencias
- «Ley N° 158. DIVISION TERRITORIAL. Creación de los Departamentos de Salto, Tacuarembó y Minas». IMPO. Consultado el 15 de setiembre de 2020.
- «Ley N° 493. DIVISION ADMINISTRATIVA. DEPARTAMENTO DE FLORIDA. CREACION». IMPO. Consultado el 15 de setiembre de 2020.
- https://www.impo.com.uy/armandugon/09/15?carfin=16
- «Ley N° 1474. DIVISION ADMINISTRATIVA. DEPARTAMENTO DE ROCHA. CREACION». IMPO. Consultado el 15 de setiembre de 2020.
- «Ley N° 1475. DIVISION ADMINISTRATIVA. DEPARTAMENTO DE RIO NEGRO. CREACION». IMPO. Consultado el 15 de setiembre de 2020.
- «Ley N° 1754. DIVISION ADMINISTRATIVA. DEPARTAMENTO DE TREINTA Y TRES. CREACION». IMPO. Consultado el 15 de setiembre de 2020.
- «Ley N° 1757. DIVISION ADMINISTRATIVA. DEPARTAMENTO DE ARTIGAS. DEPARTAMENTO DE RIVERA. CREACION». IMPO. Consultado el 15 de setiembre de 2020.
- «Ley N° 1854. DIVISION ADMINISTRATIVA. DEPARTAMENTO DE FLORES. CREACION». IMPO. Consultado el 15 de setiembre de 2020.
- «Ley N° 3777. Señala un nuevo límite entre los Departamentos de Cerro Largo y Treinta y Tres, en el paraje en que se encuentra situado el pueblo de Olimar». Diario Oficial (Montevideo: IMPO) XXIII (1677): 467. 17 de junio de 1911. Consultado el 26 de agosto de 2022.
- «Ley N° 8187. Se sustituye la denominación Departamento de Minas por Departamento de Lavalleja». Diario Oficial (Montevideo: IMPO) LXXXIX (6470): 589-A. 28 de diciembre de 1927. Consultado el 21 de enero de 2021.
- «Decreto Ley N° 14708. MODIFICACION DE LIMITES DEPARTAMENTALES. FLORES». IMPO. Consultado el 15 de setiembre de 2020.
- «CONVALIDACION DE LOS ACTOS LEGISLATIVOS DICTADOS POR EL CONSEJO DE ESTADO DESDE EL 19 DE DICIEMBRE DE 1973 HASTA EL 14 DE FEBRERO DE 1985, EXCEPTO LAS DECLARACIONES DE NULIDAD Y LAS DEROGACIONES QUE SE DETERMINAN». IMPO. Consultado el 15 de setiembre de 2020.
- «Constitución de la República - Artículo 85». IMPO. Consultado el 15 de setiembre de 2020.
- Ley Nº 18.567
- Régimen municipal en Uruguay