Derecho cooperativo
El Derecho Cooperativo es una rama del Derecho que trata específicamente del cooperativismo. Es un Derecho que se basa en la mutualidad y en el sentido de la participación para un fin social.[1]
Características
En Uruguay
Existen diferentes tipos de Cooperativismo: el de Cooperativas de Consumo; Cooperativas Agrarias, Cooperativas de Crédito, de Cooperativas de Vivienda y dentro de estas las de propietarios y las de uso y goce, pueden ser Cooperativas de Trabajo y todas ellas se enmarcan en la ley 18407.[2]
En Uruguay, existen varias instituciones de Derecho Cooperativo; surgió con los movimientos sociales, de trabajadores etc, pero se basó en el modelo de Rochdale.[3]
Las cooperativas pueden ser de primer, segundo u ulterior grado y en ellas la principal diferencia es la integración, en las de primer grado se integran por personas físicas y en las de segundo o ulterior grado se integran por personas jurídicas, que serán representadas por personas físicas.[4]
La regulación específica se realizó mediante un Decreto del Poder Ejecutivo que establece pautas sobre los puntos que podían generar dudas.,[5] En la Facultad de Derecho de la Universidad de la República existe una asignatura opcional Derecho Cooperativo, en la carrera Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, dicho curso se encuentra a cargo del Prof. Marcelo Amorín
Referencias
- Marcelo Amorin, Paula Algorta (2010). Sociedades cooperativas sistema y Derecho Cooperativo. La Ley Uruguay.
- Poder Legislativo Uruguayo. «Ley 18407». Archivado desde el original el 7 de junio de 2013. Consultado el 16 de septiembre de 2014.
- Uruguay Educa. «El Cooperativismo en Uruguay». Consultado el 16 de septiembre de 2014. (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
- Beatriz Bugallo Montaño. «Derecho Cooperativo». Consultado el 16 de septiembre de 2014.
- Poder Ejecutivo. «Decreto». Archivado desde el original el 4 de marzo de 2016. Consultado el 16 de septiembre de 2014.