Desaparición de poderes en los estados de México

La desaparición de poderes es un proceso legal, mediante el cual se declara que por distintas causas, que pueden ser políticas o sociales, han dejado de existir como tales los poderes públicos de un estado de la federación de México y por lo tanto el gobierno federal, en este caso el Senado de la República, interviene por sobre la soberanía de un estado para designar nuevos poderes que sustituyan a los desaparecidos. La desaparición de poderes es una facultad exclusiva del Senado de la República según contempla el artículo 76 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y es un proceso equivalente a la Intervención federal en provincias existente en Argentina.

Regulación

La aplicación de la desaparición de poderes se regula por la Ley Reglamentaria de la Fracción V del Artículo 76 Constitucional[1], promulgada en 1978 (con anterioridad a esa fecha no existía reglamento, se utilizaba únicamente el texto del artículo constitucional), la declaratoria conlleva la desaparición de los tres poderes públicos de una entidad, es decir, ejecutivo, legislativo y Judicial y ante esta desaparición corresponde al Senado el nombramiento de un Gobernador provisional (cuando desaparece únicamente el titular del poder ejecutivo, es decir el Gobernador y que puede ser por renuncia, licencia o fallecimiento, la facultad de nombrar a su sustituto es exclusiva del Congreso del Estado, sin intervención federal) y se establecen las siguientes causales para hacer la declaratoria correspondiente:

Cuando los titulares de los poderes constitucionales:
  • Quebranten los principios del régimen federal.
  • Abandonaren el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor.
  • Estén imposibilitados del ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos con motivo de situaciones o conflictos causados o propiciados por ellos mismos, que afecten la vida del Estado, impidiendo la plena vigencia del orden jurídico.
  • Se prorroguen en sus cargos después de fenecido el período para el que fueron nombrados y no se hubieran celebrado elecciones para elegir a los sustitutos.
  • Promovieren o adoptaren forma de gobierno o base de organización política distintas de las fijadas en los artículos 40 y 115 de la Constitución General de la República.[1]

La solicitud de declaración de desaparición de poderes la podrán realizar los senadores o diputados federales de la entidad afectada o ciudadanos de la misma entidad. Como facultad exclusiva del Senado, no puede ser atendida por la Comisión permanente del Congreso, que dado el caso, debe de convocar al Senado a reunirse para recibir la solicitud.

En caso de que el Senado certifique que en efecto han desaparecido los poderes y haga la declaratoria respectiva, a partir de ese momento cesan como tales los poderes constitucionales, y el Senado deberá solicitar del Presidente de la República la presentación de una terna, de entre cuyos miembros habrá de nombrador Gobernador Provisional de la entidad afectada. Esta terna se deberá de presentar en los siguientes tres días y si no se presenta el Senado designará libremente al Gobernador provisional, o en caso de que el Senado, ya habiendo declarado la desaparición de poderes se encontrara en receso, la Comisión Permanente podrá hacer la designación de gobernador, en todos los casos solo podrá ser designado gobernador quién cumpla los requisitos señalados para el cargo por la Constitución del estado.

Cabe destacar que la atribución del Senado es la de certificar que ya han desaparecido los poderes públicos y no el declararlos desaparecidos por derecho propio.

El Gobernador provisional deberá de proceder entonces a convocar elecciones para Gobernador Constitucional y para diputados al Congreso del Estado, que deberán llevarse a cabo dentro los siguientes seis meses a su nombramiento y nombrará los nuevos Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del estado, que deberán de ser ratificados o no por el nuevo Congreso estatal una vez que sea electo.

Historia

La desaparición de poderes históricamente tiene su origen en el restablecimiento del Senado por el entonces presidente Sebastián Lerdo de Tejada en 1875; desde entonces más que como un medio de mantener el orden constitucional en los estados, fue vista como un arma del presidente en turno para controlar a los gobernadores y en su caso sustituirlos por otros más afines a sus intereses.

La Constitución de 1917 mantuvo la desaparición de poderes como atributo del Senado, como se ha mencionado con anterioridad en el Artículo 76, sin embargo hasta 1978 este artículo no estuvo reglamentado, es decir, se aplicaba a discrecionalidad de los integrantes del Senado en turno, pues que no había una serie de requisitos establecidos para poder evaluar una desaparición de poderes.

Desde 1917 y luego de consolidarse el gobierno del sistema político mexicano, en el cual el presidente de la República concentraba un gran poder y los diferentes órganos de gobierno, aun de otros poderes y entidades seguían las directrices que les marcaba, la desaparición de poderes se convirtió en un arma política, mediante la cual el presidente "castigaba" a aquellos gobernadores que de alguna manera se habían rebelado al poder presidencial, pertenecían a otro grupo político o respondían a intereses diferentes al del Presidente; también se dieron caso en que se desaparecieron poderes si en casos de desorden interno de los estados y mediante este procedimiento se ponía orden.

La última ocasión en que se declaró la desaparición de poderes en un estado fue el 29 de abril de 1975 en Hidalgo, durante el gobierno de Luis Echeverría Álvarez. El siguiente presidente, José López Portillo a instancias de su Secretario de Gobernación, Jesús Reyes Heroles promovió la reglamentación del artículo, que dio origen en 1978 a la Ley Reglamentaria de la Fracción V del Artículo 76 Constitucional, que definía claramente en que caso procedía la desaparición de poderes y cuales eran los procedimientos para ella, pero sobre todo establecía que el Senado únicamente certificaba una desaparición ya dada y no desaparecía los poderes por sí mismo. Desde que fue reglamentado el proceso, no ha vuelto a ser utilizado.

De 1917 a 1975 fueron declarados desaparecidos los poderes de alguna entidad en 6 ocasiones, que a continuación se enumeran:

FechaEstadoGobernador depuestoGobernador designadoRazones de la declaratoria
12 de diciembre de 1885Nuevo LeónMauro SepúlvedaBernardo ReyesAusencia del Congreso Local (Poder Legislativo) y del gobernador interino (Poder Ejecutivo)
7 de mayo de 1918TamaulipasLuis CaballeroAndrés OsunaDos diferentes Gobernadores y Congresos estatales se atribuían la legitimidad.
11 de noviembre de 1918GuerreroSilvestre G. MariscalFrancisco FigueroaEl Gobernador y el Congreso del Estado se rebelaron contra el gobierno federal
22 de agosto de 1919TamaulipasFrancisco González
25 de septiembre de 1920MichoacánPrimo Serranía MercadoHabían desaparecido los poderes con motivo del Plan de Agua Prieta
8 de junio de 1920GuanajuatoEnrique ColungaHabían desaparecido los poderes con motivo del Plan de Agua Prieta
25 de junio de 1920QuerétaroRómulo de la TorreHabían desaparecido los poderes con motivo del Plan de Agua Prieta
5 de julio de 1920JaliscoIgnacio Ramos PraslowFrancisco Labastida IzquierdoHabían desaparecido los poderes con motivo del Plan de Agua Prieta
5 de julio de 1920TamaulipasJosé MoranteHabían desaparecido los poderes con motivo del Plan de Agua Prieta
5 de julio de 1920Estado de MéxicoDarío LópezAbundio GómezHabían desaparecido los poderes con motivo del Plan de Agua Prieta
19 de julio de 1920PueblaRafael RojasLuis Sánchez PontónHabían desaparecido los poderes con motivo del Plan de Agua Prieta
5 de julio de 1920CampecheEduardo ArceoGonzalo Sales GuerreroHabían desaparecido los poderes con motivo del Plan de Agua Prieta
5 de julio de 1920YucatánEnrique RecioAntonio Ancona AlbertosHabían desaparecido los poderes con motivo del Plan de Agua Prieta
16 de noviembre de 1920MorelosIsmael VelascoLa situación interna del estado no permitía el establecimiento de poderes
14 de febrero de 1924TamaulipasCésar López de LaraGregorio Garza SalinasEl gobernador constitucional se levantó en armas contra el gobierno federal
31 de marzo de 1924PueblaAlberto GuerreroLos poderes locales se declararon en rebeldía
28 de abril de 1924OaxacaIsaac M. Ibarra
12 de septiembre de 1924MorelosIsmael Velasco
29 de diciembre de 1924ChiapasCésar CórdobaNo se había verificado elecciones libres
24 de febrero de 1927NayaritRicardo VelardeFrancisco Ramírez RomanoSe acusó a un grupo de tomar el control del Congreso del Estado
1 de julio de 1927PueblaManuel P. MontesDonato Bravo IzquierdoHabía tres corporaciones que se titulaban Congreso del Estado y el Gobernador era acusado de diversos delitos
20 de octubre de 1927VeracruzAndrés GómezAbel S. RodríguezLa Legislatura se había dividido y después al gobernador
20 de octubre de 1927ChiapasLuis P. VidalFederico Martínez RojasLos poderes constitucionales fomentaban la rebelión contra el gobierno federal
24 de octubre de 1929NayaritEsteban Baca CalderónFrancisco AnguianoEl gobernador fue acusado de diversos delitos
8 de marzo de 1930JaliscoJosé María CuéllarA consecuencia de la Guerra Cristera habían desaparecido los poderes
10 de agosto de 1931NayaritLuis Castillo LedónJuventino EspinozaEl gobernador y la legislatura local se encontraban enfrentados
15 de octubre de 1931JaliscoJosé María CeballosJuan de Dios RobledoEl Congreso del Estado había destituido al gobernador sin estar facultado para ello
10 de agosto de 1931ColimaLaureano CervantesPedro Torres OrtizLas autoridades constitucionales había manipulado un proceso electoral
24 de septiembre de 1931DurangoJosé Ramón ValdézLorenzo GámizEl gobernador anterior fue acusado de mantener tratos con el Arzobispo de Durango
1 de junio de 1932GuanajuatoEnrique Hernández ÁlvarezJosé J. ReynosoEl gobernador fue acusado de violaciones a las garantías individuales
16 de enero de 1933TlaxcalaMauro AnguloSe desaparecieron los poderes por comprobarse violaciones al voto en un proceso electoral
23 de julio de 1935TabascoManuel Granier GonzálezAureo L. CallesEl gobernador fue acusado de violar las leyes federales
21 de agosto de 1935ColimaSalvador SaucedoJosé CamperoSe acusó a las autoridades constitucionales de violar la Constitución
5 de noviembre de 1935GuerreroGabriel R. GuevaraJosé Inocente LugoEl gobernador fue acusado de complicidad en el asesinato de varios campesinos en Coyuca de Catalán
16 de diciembre de 1935GuanajuatoJesús Yáñez MayaEnrique Fernández MartínezSe acusó a los poderes de fraguar una conspiración y de tomar medidas contrarrevolucionarias
16 de diciembre de 1935DurangoCarlos Real FélixSeverino CenicerosEl Congreso del estado no cesó en sus funciones al terminar su periodo constitucional
16 de diciembre de 1935SinaloaManuel PáezGabriel Leyva VelázquezEl gobernador fue acusado de enriquecimiento ilícito
16 de diciembre de 1935SonoraRamón Ramos AlmadaJesús Gutiérrez CázaresEl Gobernador fue acusado de violaciones a las garantías individuales y a la autonomía municipal
3 de octubre de 1936ChiapasAmador CoutiñoLas autoridades del estado fueron acusadas de obstaculizar un proceso electoral
26 de mayo de 1938San Luis PotosíMiguel Álvarez AcostaGenovevo Rivas GuillénLos poderes locales se levantaron en armas contra el gobierno federal
21 de febrero de 1941GuerreroAlberto F. BerberCarlos F. Carranco CardosoLas autoridades del estado intervinieron en las elecciones locales
19 de agosto de 1941San Luis PotosíReynaldo Pérez GallardoRamón Jiménez DelgadoSe consideró que los poderes se habían disgregado y desaparecido al no poder ejercer sus funciones
8 de enero de 1946GuanajuatoErnesto HidalgoNicéforo GuerreroSe desaparecieron los poderes tras los acontecimientos del 2 de enero de 1946 en León en que manifestantes se enfrentaron al ejército
9 de abril de 1947TamaulipasHugo Pedro GonzálezRaúl GárateEl gobernador fue acusado de solapar el asesinato de un periodista
21 de mayo de 1954GuerreroAlejandro Gómez MagandaDarío L. Arrieta MateosLos poderes del estado fueron acusados de violar las garantías individuales
4 de enero de 1961GuerreroRaúl Caballero AburtoArturo Martínez AdameSe desaparecieron los poderes tras los incidentes del 30 de diciembre de 1960 en Chilpancingo en que en una protesta estudiantil el ejército disparó contra los manifestantes
4 de agosto de 1966DurangoEnrique Dupré CenicerosÁngel Rodríguez SolórzanoSe desaparecieron los poderes tras los acontecimientos del Cerro de Mercado
31 de enero de 1975GuerreroIsrael Nogueda OteroXavier Olea MuñozEl gobernador fue acusado de fraude
29 de abril de 1975HidalgoOtoniel MirandaRaúl Lozano RamírezSe acusó los poderes de violaciones a las garantías individuales

Véase también

Referencias

Fuentes

Notas

Enlaces externos

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