Congreso de Paraguay

El Congreso Nacional de la República del Paraguay es el órgano legislativo bicameral encargado de ejercer el poder legislativo del Paraguay. Está compuesto por el Senado de Paraguay (cámara alta), y la Cámara de Diputados de Paraguay (cámara baja). El Congreso de Paraguay se conforma por una asamblea bicameral con 125 miembros, dividido en el Senado (45 escaños), y la Cámara de Diputados (80 escaños).

Congreso Nacional de la República del Paraguay
VIII Legislatura

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El Palacio Legislativo, sede del Congreso de Paraguay, ubicado en la capital Asunción.
Información general
Ámbito ParaguayBandera de Paraguay Paraguay
Creación 1811 (Historico)
1992 (Constituciónalmente)
Tipo Bicameral
Inicio de sesiones 1 de julio de 2023
Cámara alta Senado
Cámara baja Cámara de Diputados
Liderazgo
Presidente de la Cámara de Senadores Silvio Adalberto Ovelar Benítez (Partido Colorado)
desde el 1 de julio de 2023
Presidente de la Cámara de Diputados Raúl Luís Latorre (Partido Colorado)
desde el 1 de julio de 2023
Composición
Miembros 125
(45 Senadores)
(80 Diputados)
Senado
Senado Paraguayo 2023-2028.svg
Grupos representados      ANR: 23 bancas     ASPLP: 12 bancas      Independiente: 3 bancas     PCN: 2 bancas     AEN: 2 bancas     FG: 1 banca     PPQ: 1 banca     CDN: 1 banca
Cámara de Diputados
Cámara de Diputados Paraguay 2023-2028.svg
Grupos representados

     ANR: 48 bancas      CNPUNPY: 23 bancas

  •      CN2023: 11 bancas
  •      APLP: 6 bancas
  •      PLRA: 1 banca
  •      APAD: 1 banca
  •      APUNG: 1 banca
  •      APUNP: 1 banca
  •      ATJPÑ: 1 banca
  •      AC: 1 banca
     PCN: 2 bancas      AEN: 2 bancas      CDN: 2 bancas      Independiente: 2 bancas     PPQ: 1 banca
Sitio web
Congreso
Senado
Cámara de Diputados

Se reúnen anualmente en sesiones ordinarias desde el 1 de julio de cada año hasta el 30 de junio del año siguiente con un periodo de receso desde el 21 de diciembre al 1 de marzo.[1] Las cámaras del Congreso sesionan conjuntamente en los casos previstos en la Constitución y en el Reglamento del Congreso. Las dos Cámaras pueden convocar a sesiones extraordinarias o prorrogar sus sesiones por decisión de la cuarta parte de los miembros de ellas; por resolución de los dos tercios de integrantes de la Comisión Permanente del Congreso, o por decreto del Poder Ejecutivo

Las elecciones de senadores y diputados se realizan cada cinco años, denominado Elecciones Generales. Las últimas elecciones han sido el 22 de abril de 2018, y las próximas elecciones serán en 2023. Su sede se encuentra en el Palacio Legislativo, sobre las calles 14 de Mayo e/ Avda. República en la ciudad de Asunción capital de Paraguay.

Funcionamiento

Sistema de votación

De acuerdo con la naturaleza del tema a tratar, la normativa legislativa establece las siguientes modalidades:

  • Simple mayoría: la mitad más uno de los miembros presentes (la cifra final dependerá del número de asistentes).
  • Mayoría de dos tercios: las dos terceras partes de los miembros presentes (la cifra final dependerá del número de asistentes).
  • Mayoría absoluta: el quorum legal (23 senadores/41 diputados).
  • Mayoría absoluta de dos tercios: las dos terceras partes del número total de miembros de cada Cámara (30 senadores/53 diputados).[2]

La mitad más uno de los miembros que conforman la Cámara. Con menor número de legisladores presentes no es posible iniciar una sesión. Los senadores vitalicios no conforman el quorum; tienen voz pero no voto.[2]

Período de sesiones

Las Cámaras del Congreso se reúne en sesiones ordinarias desde el primero de julio de cada año hasta el treinta de junio del año siguiente con un periodo de receso desde el 21 de diciembre al 1 de marzo, fecha esta en la que rendirá su informe al Presidente de la República.

Las dos Cámaras pueden convocar a sesiones extraordinarias o prorrogar sus sesiones por decisión de la cuarta parte de los miembros de ellas; por resolución de los dos tercios de integrantes de la Comisión Permanente del Congreso, o por decreto del Poder Ejecutivo. El Presidente del Congreso o la Comisión Permanente deberá convocarlas en un plazo perentorio de 48 horas. Las prórrogas de sesiones serán efectuadas del mismo modo. Las extraordinarias se convocaran para tratar un orden del día determinado, y se clausuraran una vez que este haya sido agotado.[2]

Constitucionalidad

Composición y requisitos

El Senado o Cámara de Senadores representa a la población en una circunscripción nacional, es decir, el territorio paraguayo cuenta como un solo distrito electoral, a diferencia de la Cámara de Diputados. De acuerdo con el Artículo 223 de la Constitución de Paraguay, el Senado se compondrá de cuarenta y cinco miembros (45) titulares como mínimo, y de treinta (30) suplentes, elegidos directamente por el pueblo en una sola circunscripción nacional. La ley podrá acrecentar la cantidad de senadores, conforme con el aumento de los electores.[1] Además, cuenta con los senadores vitalicios (con voz, sin voto), que consisten en aquellos que se hayan desempeñado en el cargo de presidente de Paraguay.

Los senadores se eligen de listas partidarias para un período de cinco años. Para ser electo senador titular o suplente se requieren la nacionalidad paraguaya natural y haber cumplido como mínimo 35 años al día de la elección electoral.[1]

Atribuciones

Son atribuciones exclusivas de la Cámara de Senadores:[1]

  1. Iniciar la consideración de los proyectos de ley relativos a la aprobación de tratados y de acuerdos internacionales;
  2. Prestar acuerdo para los ascensos militares y los de la Policía Nacional, desde el grado de Coronel del Ejército o su equivalente en las otras armas y servicios, y desde el de Comisario Principal para la Policía Nacional;
  3. Prestar acuerdo para la designación de los embajadores y ministros plenipotenciarios en el exterior;
  4. Pesignar o proponer a los Magistrados y funcionarios de acuerdo con lo que establece esta constitución;
  5. Autorizar el envío de fuerzas militares paraguayas permanentes al exterior, así como el ingreso de tropas militares extranjeras al país;
  6. Prestar acuerdo para la designación del Presidente y los directores de la Banca Central del Estado;
  7. Prestar acuerdo para la designación de los directores paraguayos de los entes binacionales, y
  8. Las demás atribuciones exclusivas que fije la Constitución.

Composición y requisitos

La Cámara de Diputados representa los intereses de cada departamento. De acuerdo con el Artículo 221 de la Constitución de Paraguay, la Cámara de Diputados se compondrá de ochenta (80) miembros titulares como mínimo, y de igual número de suplentes, elegidos directamente por el pueblo en colegios electorales departamentales. La ciudad de la Asunción constituirá un Colegio Electoral con representación en dicha Cámara. Los departamentos serán representados por un diputado titular y un suplente, cuanto menos; el Tribunal Superior de Justicia Electoral, antes de cada elección y de acuerdo con el número de electores de cada departamento, establecerá el número de bancas que corresponda a cada uno de ellos. La ley podrá acrecentar la cantidad de diputados conforme con el aumento de los electores.[1]

Para ser electo diputado titular o suplente se requiere la nacionalidad paraguaya natural y haber cumplido 25 años.[1]

Atribuciones

De acuerdo con el Artículo 222 de la Constitución de Paraguay, son atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados:[1]

  1. Iniciar la consideración de los proyectos de ley relativos a la legislación departamental y a la municipal;
  2. Designar o proponer a los magistrados y funcionarios, de acuerdo con lo que establece esta constitución y la ley;
  3. Prestar acuerdo para la intervención de los gobiernos departamentales y municipales, y
  4. Las demás atribuciones exclusivas que fije la Constitución.

Conformación

De acuerdo con el Artículo 218 de la Constitución de Paraguay, quince días antes de entrar en receso, cada Cámara designará por mayoría absoluta a los senadores y a los diputados quienes, en número de seis y doce como titulares y tres y seis como suplentes, respectivamente, conformarán la Comisión Permanente del Congreso, la cual ejercerá sus funciones desde el comienzo del período de receso del congreso hasta el reinicio de las sesiones ordinarias.

Reunidos los miembros titulares de la Comisión Permanente, designarán Presidente y demás autoridades, y de ello se dará aviso escrito a los otros poderes del Estado.

Asimismo, de acuerdo con el Artículo 220 de la Constitución de Paraguay, al término de su actuación, la comisión prestará a cada Cámara un informe final de las mismas, y será responsable ante éstas de las medidas que hubiese adoptado o autorizado.[1]

Deberes y atribuciones

De acuerdo con el Artículo 219 de la Constitución de Paraguay, son deberes y atribuciones de la Comisión Permanente del Congreso:[1]

  1. Velar por la observancia de esta Constitución y de las leyes;
  2. Dictar su propio reglamento;
  3. Convocar a las Cámaras a sesiones preparatorias, con el objeto de que la apertura anual del congreso se efectúe en tiempo oportuno;
  4. Convocar y organizar las sesiones extraordinarias de ambas Cámaras, de conformidad con lo establecido en esta constitución;
  5. Autorizar al presidente de la República, durante el receso del Congreso, a ausentarse temporalmente del territorio nacional, en los casos previstos en esta Constitución, y
  6. Los demás deberes y atribuciones que fije la Constitución.

Historia del edificio

La antigua fachada del edificio del Congreso fue también utilizada con diversas funciones desde 1596 hasta nuestros días, donde la mayor parte de las instalaciones funcionan para el Congreso y una pequeña parte son de acceso público (luego de haber solicitado el permiso) que funcionan como Museo del Congreso. En su interior se encuentra en la pared una piedra que detalla la historia del Congreso:

  • 1588: Llegan los Jesuitas a Asunción.
  • 1594: El 28 de octubre reciben Licencia para fundar una Escuela.
  • 1596: Termina la construcción.
  • 1598: Los padres Juan Saloni Romero Barzana, Marcial de Lorenzana y Juan de Águila convierten la Escuela en un Colegio.
  • 1603: Inauguran en Asunción el primer Sínodo Provincial y se desmiembra de Lima.
  • 1607: Superior de la Compañía de Jesús crea la Provincia Gigante de Indias.
  • 1768 - 1770: Primeras refacciones del Templo del Colegio.
  • 1780: La Corona española ordena la creación en el local del Real Seminario San Carlos.
  • 1810: El 30 de julio Bernardo de Velasco lo convierte en Cuartel.
  • 1811: Sede del capitán Mauricio José Troche y los 34 Caruguateños.
  • 1915: Escuela Militar.
  • 1932 - 1937: Hospital de Sangre.
  • 1972: Museo Militar.
  • 1989 - 1996: Declarado «Casa de la Cultura Paraguaya».

El 31 de marzo de 2017, el edificio sufre graves destrozos en la planta baja a causa de manifestantes que estaban en contra de una enmienda constitucional que hubiera habilitado la reelección presidencial, quemando el Congreso junto con documentos y muebles en su interior.[3]

Véase también

Referencias

  1. «Constitución Política de 1992 de la República de Paraguay». Base de Datos Políticos de las Américas. 20 de junio de 1992. Consultado el 21 de noviembre de 2007.
  2. «Información institucional sobre el Poder Legislativo». Sitio web del Senado de Paraguay. Archivado desde el original el 18 de diciembre de 2018. Consultado el 17 de diciembre de 2018.
  3. «Arreglos en sede legislativa saldrían más de US$ 150.000». ABC Color. 30 de agosto de 2017. Consultado el 30 de agosto de 2017.

Enlaces externos

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