Policía Judicial de España
Según el artículo 126 de la Constitución española, la Policía Judicial de España depende de los jueces, de los tribunales y del Ministerio Fiscal en sus funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento del delincuente, en los términos que la ley establezca (generalmente, la Ley de Enjuiciamiento Criminal).
![](../I/Coat_of_Arms_of_the_Guardia_Civil_Judiciary_Police_Service.svg.png.webp)
![](../I/Emblem_of_the_Spanish_National_Police_Corps_Judiciary.svg.png.webp)
Tanto la Guardia Civil como la Policía Nacional poseen en sus estructuras unidades orgánicas de policía judicial, así como unidades adscritas a juzgados y tribunales. Las policías autonómicas que tienen competencias para ello también tienen estas unidades orgánicas dentro de sus estructuras.
Por otra parte, y aunque en la Ley Orgánica 2/86 de 13 de marzo de fuerzas y cuerpos de seguridad se otorga como competencia exclusiva las materias de policía judicial a los cuerpos estatales (Guardia Civil y Policía Nacional), en los últimos años algunos cuerpos de policía local también desempeñan funciones de policía judicial, adaptando su función a las necesidades sociales y a la nueva estructura territorial y política de España. En esta última década, la asunción de competencias de las comunidades autónomas, en cuanto a la formación y medios materiales de las Policías locales, ha hecho que muchos de estos cuerpos policiales se entiendan directamente con Jueces y Fiscales, en aplicación de la legislación vigente, y tengan unidades adscritas a esas autoridades.
Asimismo, el Servicio de Vigilancia Aduanera de la Agencia Tributaria realiza tareas de policía judicial en virtud de lo dispuesto en Ley Orgánica de Represión del Contrabando; según la cual en la investigación, persecución y represión de los delitos de contrabando, actuará en coordinación y colaboración con todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
En este sentido; según las vigentes Ley de Enjuiciamiento Criminal (art.283) y Ley de Montes (art. 6q); los Cuerpos de Agentes Forestales y/o Medioambientales, con independencia de la Administración Pública a que pertenezcan (estatal, autonómica o local) y en el ámbito de sus atribuciones medioambientales, son Policía Judicial en sentido genérico, actuando de forma auxiliar de los jueces,tribunales y del Ministerio Fiscal, y de manera coordinada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, con respeto a las facultades de su legislación orgánica reguladora.
Véase también
- Consejo General del Poder Judicial de España
- Tribunal Supremo de España
- Guardia Civil
- Policía Nacional
- Unidad Central Operativa de la Guardia Civil
- Comisaría General de Policía Judicial de la Policía Nacional
- Servicio de Vigilancia Aduanera