Servicio Murciano de Salud

El Servicio Murciano de Salud (SMS) es el organismo encargado del sistema de prestaciones sanitarias públicas en la comunidad autónoma española de la Región de Murcia, perteneciente al Sistema Nacional de Salud creado en 1986 y que sustituyó al Insalud.

Servicio Murciano de Salud


Información general
Sigla SMS
Ámbito España
Jurisdicción Bandera de la Región de Murcia Región de Murcia
Tipo organismo público
Sede Calle Central, 7, 30100, Espinardo Murcia
División Región de Murcia
Organización
Dirección Francisco José Ponce Lorenzo
(director gerente)
Depende de

Consejería de Salud
Historia
Fundación 1986
Sucesión
Insalud Servicio Murciano de Salud
Sitio web

Áreas de salud

La organización territorial del Servicio Murciano de Salud está contemplada en el Decreto 27/1987, de 7 de mayo, por el que se delimitan las Áreas de Salud de la Región de Murcia. Así la Región de Murcia se dividía en seis áreas de salud.

Sin embargo, por la Orden de 24 de abril de 2009 (BORM de 7 de mayo de 2009), de la Consejería de Sanidad y Consumo del Gobierno autonómico se procedió a modificar las áreas de salud que hasta el momento dividían el territorio de la Región. La actual división queda así:[1]

Gerencias de Áreas de Salud del SMS[2]
ÁreaDenominaciónHospital de referenciaPoblaciónFicha en la web
I
Murcia/OesteHospital Universitario Virgen de la ArrixacaEl Palmar, Murcia
II
CartagenaHospital General Universitario Santa María del Rosell
Hospital General Universitario Santa Lucía
Cartagena
III
LorcaHospital General Universitario Rafael MéndezLorca
IV
NoroesteHospital Comarcal del NoroesteCaravaca de la Cruz
V
AltiplanoHospital Virgen del CastilloYecla
VI
Vega Media del SeguraHospital General Universitario Morales MeseguerMurcia
VII
Murcia/EsteHospital General Universitario Reina SofíaMurcia
VIII
Mar MenorHospital General Universitario Los Arcos del Mar MenorSan Javier
IX
Vega Alta del SeguraHospital de la Vega Lorenzo GuiraoCieza

Además las áreas de salud se dividen en distintas zonas de salud.

Tiempo máximo de acceso a las prestaciones

Los plazos máximos de acceso a las prestaciones sanitarias de carácter programado y no urgente serán los siguientes:[3]

  1. Intervenciones quirúrgicas: 150 días naturales.
  2. Primeras consultas de atención especializada: 50 días naturales.
  3. Primeras pruebas diagnósticas/terapéuticas (TAC, resonancia magnética, ecografía, mamografía, endoscopia, hemodinámica, ecocardiografía y ergometría): 30 días naturales.

Véase también

Referencias

Enlaces externos

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