Tinguiririca (subdelegación)

Tinguiririca fue una de las subdelegaciones que integró el antiguo departamento de San Fernando. Fue integrada por cuatro distritos.

Tinguiririca
Subdelegación
Capital Tinguiririca
Entidad Subdelegación
 País Bandera de Chile Chile
 País Bandera de Chile Chile
 Provincia Colchagua
Subdivisiones Cuatro distritos (hasta 1927)

El territorio de la subdelegación fue organizado por decreto del presidente José Joaquín Pérez Mascayano el 14 de agosto de 1867.[1]

Historia

La subdelegación fue creada por decreto supremo del 14 de agosto de 1867, que divide el departamento de San Fernando en veinte subdelegaciones. El documento determina así sus límites:

Al norte, el Tinguiririca; al este, los Andes; al oeste, los cerros de la Rinconada y Manantiales; y al sur, el camino de los Viales, desde la cordillera hasta el camino que va a Chimbarongo, siguiendo este camino hacia el sur hasta que se le une el de Bernardino Allendes, situado al sur del fundo de don Pedro Ramírez, el cual, prolongándose hasta la cima de los cerros, completará el límite sur de la subdelegación.

Se dividió en cuatro distritos: 1.° Orégano, 2.° Tinguiririca, 3.° Orilla y 4.° Isla de los Briones.[2]

Por decreto del 22 de diciembre de 1891 fueron creadas varias comunas en el departamento de San Fernando, entre ellas la comuna de Chimbarongo, a la que pasó a pertenecer esta subdelegación.[3] Más adelante, por decreto del 29 de agosto de 1922, pasó a depender administrativamente de la comuna de Tinguiririca.[4]

El Decreto con Fuerza de Ley N.º 8.583 del 30 de diciembre de 1927 redistribuye el territorio del departamento de San Fernando, y esta subdelegación es fusionada con las de La Estación, El Crucero, Roma, Talcarehue, San Fernando, San Luis y el distrito de Manantiales, que pertenecía a la subdelegación de Placilla.[5]

Administración

La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él. Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente. Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial. Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.[6]

Véase también

Referencias

  1. Grez-Cañete, Diego (30 de septiembre de 2016). Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales. El Marino. p. 12-13. ISBN 9789569757037. Consultado el 5 de agosto de 2018.
  2. Boletín de las leyes i decretos del Gobierno. Imprenta de la Independencia. 1866. Consultado el 25 de diciembre de 2018.
  3. «Las 310 primeras comunas de Chile (1891-1902)». Diego Grez-Cañete. 23 de diciembre de 2017. Consultado el 5 de agosto de 2018.
  4. «DTO-8583 28-ENE-1928 MINISTERIO DEL INTERIOR - Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional». Ley Chile - Biblioteca del Congreso Nacional (en inglés). 28 de enero de 1928. Consultado el 5 de agosto de 2018.
  5. Grez-Cañete, Diego (30 de septiembre de 2016). Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales. El Marino. p. 12. ISBN 9789569757037. Consultado el 19 de agosto de 2018.
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