Urzante

Urzante es un despoblado español del municipio de Cascante, perteneciente a la comunidad autónoma de Navarra.

Urzante
despoblado
Urzante ubicada en España
Urzante
Urzante
Ubicación de Urzante en España.
Urzante ubicada en Navarra
Urzante
Urzante
Ubicación de Urzante en Navarra.
País  España
 Com. autónoma Navarra
 Municipio Cascante
Ubicación 42°01′02″N 1°39′29″O

Historia

Hacia mediados del siglo XIX, el lugar, por entonces una villa que formaba ayuntamiento con Cascante, tenía contabilizada una población de 32 habitantes.[1] Aparece descrito en el decimoquinto volumen del Diccionario geográfico-estadístico-histórico de España y sus posesiones de Ultramar de Pascual Madoz con las siguientes palabras:[1]

URZANTE: v., que forma ayunt. con Cascante, en la prov. y c. g. de Navarra, part. jud. y dióc. de Tudela (1 y 1/2 leg.), aud. terr. de Pamplona (17 1/2): sit. á la der. del r. Queiles, en una pequeña altura; clima saludable; reina el viento N. y se padecen intermitentes. Tiene 5 casas, igl. parr. de entrada, dedicada á San Juan Bautista y servida por un vicario. El térm. se estiende 1/4 de leg. de N. á S. y 3 de E. á O., y confina N. Murchante; E. Ribaforada; S. Pedriz, y O. Cascante; comprendiendo dentro de su circunferencia un monte destinado a pastos. El terreno es de buena calidad, fertilizado en su mayor parte por el espresado r. caminos: los que dirigen á Tudela y Cascante. El correo se recibe de Tudela, por balijero, los domingos, martes y jueves. prod. toda clase de cereales y vino; cria de ganado lanar. ind.: ademas de la agrícola y pecuaria hay un molino harinero. pobl.: 8 vec., 32 alm. riqueza: 53,359 rs. Llamóse en lo ant. Urrán, estando sujeta al fuero de Tudela, dado en 1117. En 1138 fue concedida por D. Garcia á D. Jordan de Peña. En 1220 era de Pedro Fernandez y su mujer Doña Urraca Jordan, quienes la dieron en empeño con su cast. al rey D. Sancho el Fuerto, por 10,500 sueldos sanchetes, bajo la condicion de que no rescatándolo dentro de un año, quedase por el rey; y que si durante ese tiempo cambiase este la moneda no le diesen por el rescate mas que 1,000 mrs. alfonsinos, de buen oro y peso.
(Madoz, 1849, p. 232)

Referencias

  1. Madoz, 1849, p. 232.

Bibliografía

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