Derecho del refugiado

El Derecho de los refugiados es la rama del derecho internacional, que trata sobre los derechos y la protección de los refugiados, pero diferente de los derecho internacional de los derechos humanos y derecho internacional humanitario, que tratan respectivamente de derechos humanos, en general, y la conducción de la guerra en particular.

Origen del derecho al refugio internacional

La ley del refugiado abarca la ley habitual, las normas gubernamentales y los instrumentos legales internacionales. Hasta hoy el único instrumento internacional es la Convención de las Naciones Unidas, con un protocolo opcional, mientras que varias instituciones regionales aplican sus propias normativas a los países integrantes. Los instrumentos incluyen:

  • modificada en 1967 con el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados.[1]
  • Los Principios sobre el Estatus y tratamiento de refugiados adoptado por el Organización Consultiva Jurídica Asiático-Africana en 1966.
  • La Convención de los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África de la Organización Africana de 1969.
  • La Declaración de los Refugiados de Cartagena de 1984 de aplicación en América Latina.[2]
  • La Recomendación 773 de 1976 del Consejo de Europa relativa a la situación de facto de los refugiados.[3]
  • La Directiva de la Unión Europea de 2004 relativa a los estándares mínimos para la cualificación y el estatus de nacionales de terceros países y refugiados, así como personas que sea necesario garantizar su protección. (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).

Bases de los derechos del refugiado

Para la legislación internacional un refugiado es aquel que cumple:

  • Está fuera de su país de origen, nacionalidad o residencia habitual.
  • Existen razones justificadas por las cuales tiene miedo a ser perseguido en su propio país por razones de raza, religión, nacionalidad o por ser miembro de algún grupo social o por ideas políticas.
  • Es incapaz o rechaza la protección de su propio país, o no puede regresar por miedo a dicha persecución...

Véase también

Enlaces externos.

  1. ONU. «Protocolo 2067». Archivado desde el original el 2 de octubre de 2008. Consultado el 28 de diciembre de 2011.
  2. Documento completo en PDF
  3. Documento completo en PDF (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
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