Distrito de Chile

Los distritos de Chile fueron establecidos mediante la Constitución de 1833, normativa que establece que son la división político-administrativa más pequeña del país, después de las provincias, departamentos y subdelegaciones, todas destinadas al Gobierno y administración interior.[1]

Estos territorios eran regidos por un inspector, bajo las órdenes de un subdelegado, que además lo nombra o remueve de su cargo según su criterio, no sin antes informar al gobernador departamental.[2]

Véase también

Referencias

  1. Constitución Política de la República. Biblioteca del Congreso Nacional. 1833. Consultado el 1 de marzo de 2019.
  2. Grez-Cañete, Diego (30 de septiembre de 2016). Provincia Cardenal Caro: Institucionalidad y autoridades locales. El Marino. ISBN 9789569757037. Consultado el 2 de marzo de 2019.
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