Estado Soberano de Santander
El Estado Soberano de Santander fue una división administrativa y territorial de los Estados Unidos de Colombia.[1] El ente territorial, creado el 13 de mayo de 1857 con el nombre de Estado Federal de Santander,[2] fue oficialmente reconocido como Estado de la Federación en la constitución nacional de 1858,[3] y finalmente denominado Soberano en la constitución nacional de 1863.[4] El estado subsistió hasta el 7 de septiembre de 1886 cuando entra en rigor la Constitución política colombiana de 1886 y pasa a llamarse Departamento de Santander. El nombre del Estado le fue conferido en memoria al prócer de la independencia de Colombia Francisco de Paula Santander.
Santander | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Estado federado | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
1857-1886 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
Localización del estado de Santander en los Estados Unidos de Colombia | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
Estado Soberano de Santander en 1865 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
Coordenadas | 6°32′00″N 73°12′00″O | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Capital | El Socorro[lower-alpha 1] | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Entidad | Estado federado | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
• País | Estados Unidos de Colombia | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Idioma oficial | Español | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Superficie hist. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
• 1874 | 42 600 km² | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Población hist. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||
• 1874 est. | 425 427 hab. | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Gentilicio | Santandereano-a, Colombiano-a | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Religión | Libertad de culto | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Moneda | Peso colombiano | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
Período histórico | Siglo XIX | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
• 13 de mayo de 1857 | Creación del Estado | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
• 1860-1862 | Guerra civil | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
• 1876 | Guerra civil | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
• 1885 | Guerra civil | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
• 19 de noviembre de 1886 | La Regeneración | ||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Historia
Durante la primera independencia de Colombia (la denominada Patria Boba), las provincias de Socorro y Pamplona tomaron parte activa dentro del movimiento independentista. Dichas provincias fueron luego integrantes de la Gran Colombia como parte del Departamento de Boyacá; una vez se desintegró dicha nación ambas provincias formaron parte de la República de la Nueva Granada, con el mismo territorio de 1810; el 24 de marzo de 1832 fue creada la Provincia de Vélez con la porción occidental del Socorro, y el 17 de abril de 1850 las provincias de García Rovira, Soto, Santander y Ocaña, segregadas las dos primeras de la del Socorro y las dos últimas de terrenos de la de Pamplona.[5]
Debido a los aires federalistas que estaba tomando la nación, los representantes de El Socorro y Pamplona pidieron al Congreso de la República que retornaran ambas provincias a su jurisdicción previa a 1850 y las erigieran en Estado Federal, acto que se cumplió el 13 de mayo de 1857 con la proclamación del Estado Federal de Santander, que se conformó con las provincias neogranadinas del Socorro y Pamplona (ya reunificadas con las provincias que habían sido segregadas de ellas), más el cantón de Vélez que pertenecía a la anterior Provincia de Vélez.
Días después de la creación del Estado de Santander, por ley del 15 de junio de 1857 se le agregaban más territorios provenientes de la provincia de Mompós, los cuales se le reasignaban a Pamplona (los Distritos de Aspasica, Brotaré, Buenavista, Cármen, Convención, La Cruz, Ocaña, Palma, Pueblo Nuevo, San Antonio, San Calixto, San Pedro y Teorama).[6]
Por algunos meses la primera capital estatal fue Pamplona (mayo de 1857), luego pasó a serla Bucaramanga por disposición de la Asamblea constituyente reunida en diciembre de 1857, y finalmente el 14 de septiembre de 1861 otra asamblea trasladó la capital al Socorro.[7]
Ley del 13 de mayo de 1857
En contenido de la ley que autoriza la creación inicial del ente administrativo a continuación:[8]
Lei de 13 de mayo de 1857, creando el Estado de SantanderEl Senado i la Cámara de Representantes de la Nueva Granada, reunidos en Congreso
DECRETAN
Artículo 1.º El territorio que comprende las actuales provincias de Pamplona i Socorro forma un Estado Federal, parte integrante de la Nueva Granada, con el nombre de Estado de Santander.
Artículo 2.° El poder ejecutivo nacional convocará una Asamblea constituyente de los pueblos que forman el Estado de Santander, compuesta de treinta i cinco Diputados, los cuales serán elegidos el día primero de agosto próximo por los expresados pueblos, observándose las mismas reglas que para la elección de Senadores i Representantes están prescritas. Parágrafo. La Asamblea Constituyente se reunirá en la ciudad de Pamplona el día 1° de enero del año entrante, haciéndose la declaratoria de la elección por la legislatura provincial de Pamplona, la cual será convocada oportunamente por el Gobernador respectivo.
Artículo 3.° Son comunes al Estado de Santander las disposiciones contenidas en los artículos 3°, 4°, 6°, 8°, 13 i transitorio, como también el parágrafo único del artículo 9° del acto constitucional de 27 de febrero de 1855, creando el Estado de Panamá.
Artículo 4.° En la constitución particular del Estado de Santander se declararán como fundamentales e irrevocables las garantías contenidas en el artículo 5° de la Constitución Nacional vigente.
Artículo 5.° El Estado de Santander enviará al Congreso de la Nueva Granada los Representantes que, según la base general de población adoptada por la Constitución de la República, le correspondan considerado como una provincia. Mientras la constitución i leyes de la República no dispongan otra cosa, el Estado elijirá tres senadores.
Parágrafo. Es de competencia del Estado de Santander dictar las reglas que deben observarse en la elección de Senadores i Representantes.
Artículo 6.º El Estado de Santander tiene derecho a las tierras baldías que, conforme a las leyes vigentes, corresponden a los pueblos que lo forman. Dada en Bogotá, a 8 de mayo de 1857.
El presidente del Senado, T. C. DE MOSQUERA
El presidente de la Cámara de Representantes, MANUEL DE J. QUIJANO
El secretario del Senado, M. M. Medina
El Secretario de la Cámara de Representantes, Manuel Pombo.
Bogotá, 13 de mayo de 1857 Ejecútese
El presidente de la República, MARIANO OSPINA El Secretario de Gobierno, Manuel A. Sanclemente
Geografía
Límites
El estado soberano de Santander limitaba al norte y este con el estado del Zulia (Venezuela), al sur con el estado de Boyacá, al oeste con los de Antioquia y Bolívar y al noroeste con el estado del Magdalena. Estos límites eran semejantes a los que poseían las provincias del Socorro y Pamplona en 1810; los límites particulares eran:[9]
- Con Venezuela: desde la cabecera del río Nula por las cumbres de la cordillera Oriental de los Andes hasta el Páramo de Tamá; de aquí hacia el norte siguiendo las aguas del río Táchira hasta su confluencia con el Pamplonita; por el curso de esos dos ríos unidos hasta la boca de la quebrada Don Pedro; por el cauce de esta quebrada arriba hasta su nacimiento; de aquí hacia el norte por las cumbres de la serranía hasta encontrar las cabeceras de la quebraba China, y por su curso hasta su desembocadura en el río Guarumito; este río, aguas abajo, hasta su confluencia con el de la Grita, y por este hasta el Zulia; de este punto hacia el noroeste atraviesa la frontera un territorio desierto pasando por la unión de los ríos Tarra y Sardinata hasta encontrar la desembocadura del río Oro en el Catatumbo; por el cauce de aquel hasta su cabecera en la serranía del Perijá.
- Con el Magdalena: a partir la boca del caño Chocó en el Magdalena, aguas arriba, hasta su unión con el Lebrija; luego este hasta la boca de la quebrada Montañitas; de allí hasta el cerro Jurisdicciones; de aquí por las cumbres andinas hasta el cerro Bobalí, y luego este hasta la cabecera del río de Oro.
- Con Bolívar: desde la boca del caño Chocó en el Magdalena, por este aguas abajo hasta el caserío de Bohórquez a orillas del mismo.
- Con Antioquia: desde el caserío de Bohórquez, siguiendo el Magdalena aguas arriba hasta la quebrada del Ermitaño.
- Con Boyacá: la quebrada del Ermitaño aguas arriba hasta el cerro Otromundo, desde donde busca la cabecera del río Pescadero; luego al sur por las cumbres de la serranía hasta el cerro Quitisoque, y luego hacia el este para llegar al alto de las Cruces; de allí por la peña de Saboyá al norte hasta encontrar las aguas del Suárez, atravesándola y siguiendo hasta el punto Portachuelo en el camino de Guatoque a Saboyá; de Portachuelo en línea recta al norte hasta la quebrada Barrohondo y de allí de nuevo al río Suárez; este último aguas abajo hasta la confluencia con el río Linguaruco, siguiendo este aguas arriba hasta el río Porqueras y por este hasta su cabecera; luego a la unión de los ríos Fábita y Chuqueque}; de allí al alto Gaita y por este al páramo de Cuchilla, siguiendo las cumbres de la sierra en dirección noroeste hasta el cerro Pan de Azúcar; de este punto hasta la quebrada Hoya, Bocadelmonte, pichacho de Ture, alto Onzaga y la confluencia del río Onzaga con el Chicamocha, y por este aguas arriba hasta Juntas; de allí por el río Chiscas y luego por el cerro Raspón hasta el alto Murciélago; luego el alto Peñablanca hasta el páramo Lomaborracha, después el alto Ima y por la cumbre de esta hasta la confluencia del río Sarare con el Cubayón; por el Sarare aguas abajo hasta el Oirá; finalmente este curso arriba hasta su cabecera, cercana a las del Nula.
Actualmente el territorio del Estado Soberano de Santander se encuentra divido entre los departamentos de Santander y Norte de Santander, ambos integrantes de la región de los Santanderes que se encuentra al noreste de Colombia.
Divisiones administrativas
El Estado, por medio de la ley del 25 de noviembre de 1857, quedó dividido en los siguientes municipios:[10][11]
- Barichara (capital Barichara).
- Bucaramanga (capital Bucaramanga).
- Charalá (capital Charalá).
- Concepción (capital Concepción).
- Cúcuta (capital San José de Cúcuta).
- Fortul (capital San Andrés).
- Girón (capital Girón).
- Málaga (capital Málaga).
- Ocaña (capital Ocaña).
- Oiba (capital Oiba).
- Pamplona (capital Pamplona).
- Piedecuesta (capital Piedecuesta).
- San Gil (capital San Gil).
- Socorro (capital Socorro).
- Vélez (capital Vélez).
- Zapatoca (capital Zapatoca).
La ley del 25 de junio de 1859 dividió el Estado en 7 departamentos:[12][13]
- García Rovira (capital Concepción).
- Ocaña (capital Ocaña).
- Pamplona (capital Pamplona).
- Santander (capital San José de Cúcuta).
- Socorro (capital Socorro).
- Soto (capital Bucaramanga).
- Vélez (capital Vélez).
Por medio de la ley del 27 de diciembre de 1859 el Estado se subdividió en 8 departamentos:[14][15]
- Cúcuta (capital San José de Cúcuta).
- García Rovira (capital Concepción).
- Guanentá (capital Barichara).
- Ocaña (capital Ocaña).
- Pamplona (capital Pamplona).
- Socorro (capital Socorro).
- Soto (capital Bucaramanga).
- Vélez (capital Vélez).
A través de la ley del 1 de diciembre de 1877 se creó el departamento de Charalá, con capital en la ciudad del mismo nombre.[16][17]
Territorios nacionales
El Territorio Nacional de Bolívar, con capital en Landázuri, pertenecía a la jurisdicción del Estado pero era administrado por el gobierno nacional.[1]
Véase también
Referencias
- «Estadística de Colombia 1876». Colombiestad (Colombia Estadística). Consultado el 1 de abril de 2011. (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última).
- «Ley de creación del Estado de Santander de 1857». Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. Archivado desde el original el 29 de junio de 2012. Consultado el 1 de abril de 2011.
- «Constitución de la Confederación Granadina de 1858». Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. Consultado el 1 de abril de 2011.
- «Constitución política de los Estados Unidos de Colombia de 1863». Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. Consultado el 1 de abril de 2011.
- Codazzi, Agustín; Paz, Manuel María; Pérez, Felipe (1889). Atlas geográfico e histórico de la República de Colombia. Imprenta A. Lahure. OCLC 7859879.
- Republica de Nueva Granada, ed. (1854). Leeys i decretos [i actos lejislativos] espedidos por el Congreso constitucional de la Nueva Granada 1832-1858. Colombia, Bogotá: Imprenta del Neo-Granadino.
- Asamblea Legislativa del Estado (1861). Gaceta de Santander. N° 122, 21 de octubre de 1861. p. 505.
- «Gaceta Oficial. Bogotá». No 2134 AHR, rollo 59.. Lei de 13 de mayo de 1857: p. 341. 18 de mayo de 1857.
- Pérez, Felipe (1863). Jeografía física i política de los Estados Unidos de Colombia. Colombia, Bogotá: Imprenta de la Nación. ISBN 9781144874429. Archivado desde el original el 22 de agosto de 2014.
- Agustín Codazzi (1850-1859), edición por Camilo A. Domínguez (2003). Geografía Física y Política de la Confederación Granadina: Estado de Santander. COAMA-Unión Europea, Fondo "José Celestino Mutis", Fen-Colombia, Instituto Geográfico Agustín Codazzi. OCLC 38010958.
- Asamblea Constituyente del Estado (1857). Gaceta de Santander. p. 41.
- Asamblea Legislativa del Estado (1859). Gaceta de Santander. p. 323.
- Ordenanzas expedidas por la Asamblea del departamento de Santander. Colombia, Bucaramanga: Imprenta Echeverría Hermanos. 1860.
- Álvarez Orozco, René (junio de 2005). «La transición del régimen de provincias y distritos al régimen municipal en el Estado Soberano de Santander, 1857-1887». Reflexión Política. Volumen 7 (Número 13) (Colombia, Bucaramanga: Universidad Autónoma de Bucaramanga). p. 6. ISSN 0124-0781. Consultado el 28 de diciembre de 2016.
- Páez, Adriano (1865). La constitución del Estado Soberano de Santander, puesta al alcance del pueblo. Colombia, Bogotá: Imprenta de I. Cespedes. p. 49. Consultado el 28 de diciembre de 2016.
- Evangelista Plata. Leyes del Estado Soberano de Santander, compiladas en el año de 1881. Imprenta del Estado. p. 14. Consultado el 28 de diciembre de 2016.
- Mantilla, Eladio (1880). Geografía especial del Estado de Santander. Colombia: Imprenta de Sandalio Cancino. p. 35. Consultado el 28 de diciembre de 2016.