Anexo:Salario mínimo en México

El salario mínimo en México se encuentra regulado por la Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 1970, la cual es reglamentaria del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La Ley Federal del Trabajo dispone lo siguiente:

Artículo 90.- Salario mínimo es la cantidad menor que debe pagar en en efectivo el trabajador por los servicios y beneficios prestados en una jornada de trabajo.

El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de los hijos.

Se considera de utilidad social el establecimiento de instituciones y medidas que protejan la capacidad adquisitiva del salario y faciliten el acceso de los trabajadores a la obtención de satisfactores.[1]

Así mismo la regularización del salario mínimo se tipifica en el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se estipula lo siguiente:

Artículo 123.-Los salarios mínimos que deberán disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Los primeros regirán en las áreas geográficas que se determinen; los segundos se aplicarán en ramas determinadas de la actividad económica o en profesiones, oficios o trabajos especiales. Este no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. [2]

México en la OCDE

En cuanto a comparación de salarios mínimos, México cuenta con el salario mínimo más bajo de los países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) pese a los incrementos sustanciales de los últimos años. La remuneración en el país en 2019 era de apenas 1.2 dólares por hora (ajustados por poder de paridad de compra), cifra inferior a los niveles de países como Colombia (2.7) y Chile (3.1), economías similares a la mexicana.

Los 5 países de la OCDE con los salarios más bajos por hora.

1. México 1.2 dólares.

2. Colombia 2.7 dólares.

3. Chile 3.1 dólares.

4. Eslovaquia 3.2 dólares.

5. Letonia 4.3 dólares.

En las tablas se muestra la evolución del salario mínimo general interprofesional (SMI) diario en México entre 1982 y 2022.

Cuadro histórico de los salarios mínimos (1982 - 2023)

Vigencia Zona Única Zona A Zona B Zona C Zona Libre de la Frontera Norte Resto del país
1 de enero de 2023 -- -- 312.41 207.44
1 de enero de 2022 -- -- 260.34 172.87
1 de enero de 2021 -- -- 213.39 141.70
1 de enero de 2020 -- -- 185.56 123.22
1 de enero de 2019 -- -- 176.72 102.68
1 de enero de 2018 88.36 -- -- -- -- --
1 de enero de 2017 80.04 -- -- -- -- --
1 de enero de 2016 73.04 -- -- -- -- --
1 de octubre de 2015 70.10 -- -- -- -- --
1 de abril de 2015 -- 70.10 68.28 -- -- --
1 de enero de 2015 -- 70.10 66.45 -- -- --
1 de enero de 2014 -- 67.29 63.77 -- -- --
1 de enero de 2013 -- 64.76 61.38 -- -- --
27 de noviembre de 2012 -- 62.33 59.08 -- -- --
1 de enero de 2012 -- 62.33 60.57 59.08 -- --
1 de enero de 2011 -- 59.82 58.13 56.7 -- --
1 de enero de 2010 -- 57.46 55.84 54.47 -- --
1 de enero de 2009 -- 54.8 53.26 51.95 -- --
1 de enero de 2008 -- 52.59 50.96 49.5 -- --
1 de enero de 2007 -- 50.57 49 47.6 -- --
1 de enero de 2006 -- 48.67 47.16 45.81 -- --
1 de enero de 2005 -- 46.8 45.35 44.05 -- --
1 de enero de 2004 -- 45.24 43.73 42.11 -- --
1 de enero de 2003 -- 43.65 41.85 40.3 -- --
1 de enero de 2002 -- 42.15 40.1 38.3 -- --
1 de enero de 2001 -- 40.35 37.95 35.85 -- --
1 de enero de 2000 -- 37.9 35.1 32.7 -- --
3 de diciembre de 1998 -- 34.45 31.9 29.7 -- --
1 de enero de 1998 -- 30.2 28 26.05 -- --
3 de diciembre de 1996 -- 26.45 24.5 22.5 -- --
1 de abril de 1996 -- 22.6 20.95 19.05 -- --
4 de diciembre de 1995 -- 20.15 18.7 17 -- --
1 de abril de 1995 -- 18.3 17 15.44 -- --
1 de enero de 1995 -- 16.34 15.18 13.79 -- --
1 de enero de 1994 -- 15.27 14.19 12.89 -- --
1 de enero de 1993 -- 14.27 13.26 12.05 -- --
11 de noviembre de 1991 -- 13330 12320 11115 -- --
16 de noviembre de 1990 -- 11900 11000 9920 -- --
4 de diciembre de 1989 -- 10080 9325 8405 -- --
1 de julio de 1989 -- 9160 8475 7640 -- --
1 de enero de 1989 -- 8640 7995 7205 -- --
1 de marzo de 1988 -- 8000 7405 6670 -- --
1 de enero de 1988 -- 7765 7190 6475 -- --
16 de diciembre de 1987 -- 6470 5990 5395 -- --
1 de octubre de 1987 -- 5625 5210 4690 -- --
1 de julio de 1987 -- 4500 4165 3750 -- --
1 de abril de 1987 -- 3660 3385 3045 -- --
1 de enero de 1987 -- 3050 2820 2535 -- --
22 de octubre de 1986 -- 2480 2290 2060 -- --
1 de junio de 1986 -- 2065 1900 1675 -- --
1 de enero de 1986 -- 1650 1520 1340 -- --
4 de junio de 1985 -- 1250 1150 1015 -- --
1 de enero de 1985 -- 1060 975 860 -- --
11 de junio de 1984 -- 816 750 660 -- --
1 de enero de 1984 -- 680 625 550 -- --
14 de junio de 1983 -- 523 478 421 -- --
1 de enero de 1983 -- 455 415 365 -- --
1 de noviembre de 1982 -- 364 358 332 -- --
1 de enero de 1982 -- 280 275 255 -- --
Observaciones
  1. En 1993 el peso fue sustituido por el nuevo peso (N$) a razón de 1000 por 1.
  2. A partir del 27 de noviembre de 2012 solo existen 2 zonas geográficas la "A" y la "B". Debido a que el área "B" se integró a la "A" y la "C" se renombró como "B".[3]
  3. A partir de 1 de abril de 2015 aumente salario mínimo área "B" establecidos por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos mediante resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación del 30 de marzo de 2015. Vigentes a partir del 1 de abril de 2015
  4. A partir de 1 de octubre de 2015 se homologa un solo salario mínimo a nivel nacional, prevaleciendo el de la zona "A" establecido por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos mediante resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación del 30 de septiembre del 2015. Vigentes a partir del 1 de octubre del 2015.
  5. A partir del 1 de enero de 2019 el país se dividió en dos áreas geográficas para la aplicación de los salario mínimo general: la Zona Libre de la Frontera Norte y el Resto del País. [4]

Posición de México a nivel continental

Países de América Latina según su salario mínimo mensual en 2023
País Salario mínimo mensual
(en dólares de EE. UU., a tasa oficial)
Salario mínimo mensual
(en moneda local)
Bandera de Argentina Argentina321$ 112 500 pesos argentinos[N. 1][5]
Bolivia Bolivia342Bs 2362 bolivianos[6]
BrasilBandera de Brasil Brasil256R$ 1320 reales[7]
ChileBandera de Chile Chile498$ 460 000 pesos chilenos[8]
ColombiaBandera de Colombia Colombia268$ 1 160 000 pesos colombianos[N. 2][9]
Costa Rica Costa Rica657₡ 350 975 colones[N. 3][11]
Cuba Cuba79$ 2100 pesos cubanos[12]
EcuadorBandera de Ecuador Ecuador450$ 450 dólares[N. 4][13]
El Salvador El Salvador243$ 243,46 dólares[N. 5][14]
Guatemala Guatemala404Q. 3166,38 quetzales[N. 6][15]
HaitíBandera de Haití Haití79G 10 645,83 gourdes[N. 7][16]
HondurasBandera de Honduras Honduras299L 7408 lempiras[N. 8][17]
México México348$ 6309,63 pesos mexicanos[N. 9][18]
Nicaragua Nicaragua129C$ 4723 córdobas[19]
Panamá Panamá290B/. 290 balboas panameños[N. 10][20]
ParaguayBandera de Paraguay Paraguay366₲ 2 680 373 guaraníes[21]
Perú Perú268S/ 1025 soles[22]
República DominicanaBandera de la  República Dominicana República Dominicana202RD$ 11 500 pesos dominicanos[N. 11][23]
Uruguay Uruguay539$ 21 107 pesos uruguayos[24]
VenezuelaBandera de Venezuela Venezuela4Bs. 130 bolívares [N. 12] [N. 13][N. 14][25][26]
Actualizado el 1 de abril de 2023.
  1. En Argentina existe un sistema de dólar oficial controlado por el Banco de la Nación Argentina, un dólar ahorro o solidario que está con un recargo del 65 % sobre el dólar oficial, un dólar turista que está al 30 % de recargo más un nuevo recargo de 45 % sobre el dólar oficial, y por último hay un dólar blue o paralelo en el mercado negro, con una cotización libre y volátil.
  2. En Colombia para los trabajadores que ganen menos de dos veces el salario mínimo legal vigente tienen derecho a un subsidio de transporte de $ 140.606.
  3. En Costa Rica el salario se define de acuerdo a la ocupación, correspondiendo el mínimo a trabajadores en ocupación no calificada, con retribución diaria, y calculando el cómputo mensual sobre una base de 26 días.[10]
  4. En Ecuador se usa el dólar estadounidense.
  5. En El Salvador se usa el dólar estadounidense y se publican diferentes mínimos según la actividad, siendo la de menor salario la rama de trabajadores agropecuarios, recolección de café y algodón, y beneficio de algodón.[14]
  6. En Guatemala el mínimo depende del sector de actividad, siendo el de menor cuantía el de las actividades agrícolas. A este mínimo se suma una bonificación por incentivo.
  7. En Haití el mínimo se establece por segmentos de actividad, en salarios diarios de jornadas de ocho horas, siendo el de menor cuantía el del personal de servicio a domicilio (trabajadores domésticos).[16]
  8. En Honduras se define el mínimo de acuerdo a la rama de actividad económica y al tamaño de la empresa en número de trabajadores, siendo el salario mensual de menor consideración el de las empresas entre uno a diez empleados, cuya actividad es agricultura, silvicultura, caza y pesca.[17]
  9. En México el salario mínimo general se define por valor diario.[18]
  10. En Panamá, el salario mínimo se establece por hora, según la región, actividad económica, ocupación y tamaño de las empresas, siendo la de menor percepción la correspondiente al sector de la pequeña empresa a nivel nacional dedicada a la agricultura, ganadería, caza, silvicultura, acuicultura, pesca o agroindustria, aplicado en jornadas de 40 horas semanales y un promedio mensual de 4.33 semanas trabajadas.
  11. En República Dominicana se define el mínimo de acuerdo al sector (público o privado) y al tamaño de la empresa, siendo el salario mensual de menor consideración el del sector privado no sectorizado de empresas que no excedan de la cifra de dos millones de pesos dominicanos.[23]
  12. En Venezuela para todos los trabajadores que laboran a tiempo completo, en la administración pública, jubilados y pensionados; los trabajadores reciben un bono de alimentación adicional, ley de cestaticket Gaceta Oficial N° 40.773 del 23 de octubre de 2015. Queda actualizado un bono de mil Bolivares (Bs. 1000.00) según Gaceta Oficial Extraordinaria decreto N° 6.746 del 12 de mayo de 2023
  13. En Venezuela el SECTOR PÚBLICO: recibirá el bono contra la guerra económica a partir del 12 de mayo de 2023 por un valor de setecientos cincuenta Bolívares sin céntimos (Bs. 750,00)
  14. Los bonos no son contables en liquidaciones y pensiones

Véase también

Referencias

  1. Ley Federal del Trabajo en: Congreso de la Unión. Consultado el 14-04-2021.
  2. «Titulo Sexto». Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano. 2017. Consultado el 5 de abril de 2018.
  3. Salarios Mínimos Generales por Áreas Geográficas 1992-2014 en: CONASAMI. Consultado el 01-01-2014.
  4. «Nueva Política de Salarios Mínimos».
  5. «Capital Social: Se actualizó el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil». Consultado el 1 de abril de 2023.
  6. «Gobierno de Bolivia acuerda con la Central Obrera Boliviana el incremento del 3% al haber básico y 5 % al salario mínimo nacional». El Deber. 26 de abril de 2023. Consultado el 27 de abril de 2023.
  7. EuropaPress. El Congreso de Brasil acuerda aumentar el salario mínimo en un 9% para 2023. Consultado el 30 de diciembre de 2022.
  8. «Se aprobó ley que aumenta gradualmente el sueldo mínimo en Chile a $500.000». Gobierno de Chile. 29 de mayo de 2023. Consultado el 11 de septiembre de 2023.
  9. «Salario mínimo 2023: ya se expidió decreto que fija incremento del 16%». Noticias Caracol. 26 de diciembre de 2022.
  10. «Decreto Nº 42104-MTS». Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Costa Rica) (La Gaceta Diario Oficial). 20 de diciembre de 2019. Consultado el 7 de enero de 2020.
  11. Consejo Nacional de Salarios definió el incremento salarial que regirá para los salarios mínimos en el 2023. 24 de diciembre de 2022.
  12. «Cuba elevará el salario mínimo a 2100 pesos». adncuba.com. 11 de diciembre de 2020. Consultado el 12 de diciembre de 2020.
  13. «Presidente Ecuador fija por decreto salario básico en 450 dólares para 2023». Euronews. 27 de diciembre de 2022. Consultado el 27 de diciembre de 2022.
  14. «SALARIO MÍNIMO VIGENTE, EL SALVADOR- A PARTIR DEL 1 DE AGOSTO DE 2021». El Mundo.com. Consultado el 29 de noviembre de 2022.
  15. Salario mínimo 2023 en Guatemala: Aprueban aumento de 7% para Guatemala y 4% para el resto de los departamentos. Prensa Libre. 16 de diciembre de 2022. Consultado el 5 de enero de 2023.
  16. «El Gobierno de Haití sube el salario mínimo tras una serie de protestas». Swissinfo. 21 de febrero de 2022. Consultado el 7 de febrero de 2023.
  17. «Nuevo salario mínimo para 2023: De L 725.99 a L 1,406.05 será el aumento». El Heraldo. 8 de febrero de 2023. Consultado el 31 de marzo de 2023.
  18. «Salario mínimo en México subirá 22% para 2022». Forbes. 1 de diciembre de 2021. Consultado el 1 de diciembre de 2021.
  19. «Acuerdan 7% de ajuste al salario mínimo en Nicaragua para todos los sectores». 100% noticias. 3 de febrero de 2022. Consultado el 16 de febrero de 2022.
  20. Ejecutivo fija nuevo salario mínimo; los aumentos van del 1.5% al 2.0%, solo en actividades con perspectivas positivas. 31 de diciembre de 2021. Consultado el 2 de enero de 2022.
  21. «Sueldo mínimo: Decreto N°9584/2023». Presidencia.gov.py. 29 de junio de 2023. Consultado el 1 de julio de 2023.
  22. «Gobierno subió a S/ 1,025 el salario mínimo». Gestión (Gestión). 3 de abril de 2022. Consultado el 3 de abril de 2022.
  23. Hoy entra en vigencia primera parte del aumento del salario mínimo. 15 de julio de 2021. Consultado el 15 de julio de 2021.
  24. El salario mínimo nacional aumenta a $21.106 desde el 1º de enero. 29 de diciembre de 2022. Consultado el 2 de enero de 2022.
  25. «Gaceta Oficial N°6.691: Decreto 4653 mediante el cual se aumenta el salario mínimo mensual obligatorio así como el monto de jubilaciones y pensiones». Finanzas digital. 16 de marzo de 2022. «Artículo 1°. Se incrementa el salario mínimo nacional mensual obligatorio, a partir del 15 de marzo de 2022, estableciéndose la cantidad CIENTO TREINTA BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 130,00) mensuales ».
  26. «Tipo de Cambio de Referencia BCV: 32,5079Bs/USD (+0,21%) para el jueves #31Ago». Finanzas Digital. 30 de agosto de 2023. «Tasa de cambio activas de las instituciones bancarias participantes se ubicó en 32,5079Bs/USD ».

Enlaces externos

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