Secretaría General Técnica del Ministerio de Universidades

La Secretaría General Técnica del Ministerio de Universidades es el órgano directivo, dependiente de la Subsecretaría, al que corresponde la asistencia técnico-administrativa de las autoridades del Ministerio, y que desempeña las funciones sobre servicios comunes que se les atribuyan y, en todo caso, las relativas a la producción normativa, la asistencia jurídica y las publicaciones.

Secretaría General Técnica

Logotipo de la Secretaría General Técnica

Información general
Ámbito EspañaBandera de España España
Tipo Secretaría General Técnica
Organización
Secretario General Técnico Vacante
Depende de Subsecretaría de Universidades
Entidad superior Ministerio de Universidades
Presupuesto anual 1,4 millones de (2022)[1]
Historia
Fundación 29 de enero de 2020 (3 años)
Sucesión
SGT del M.º de Ciencia, Innovación y Universidades (2018-2020) Secretaría General Técnica del Ministerio de Universidades

Directamente, asume la propuesta del programa editorial del departamento, la realización y edición de compilaciones, publicaciones y otros materiales del departamento y, en su caso, su distribución y venta; la organización y dirección de las bibliotecas y de los centros de documentación del departamento; y la planificación, impulso y coordinación de las estadísticas del departamento, así como la formulación del Plan Estadístico Nacional y de los programas anuales que lo desarrollan en el ámbito del departamento, la coordinación institucional y las relaciones con el Instituto Nacional de Estadística, con otros departamentos ministeriales, con otras administraciones públicas y con los organismos internacionales en todo lo relativo a información, cesión de datos, aprovechamiento estadístico de ficheros administrativos internos y externos y en materia estadística y el ejercicio de las funciones como servicio estadístico departamental, en particular las asociadas al secreto estadístico de acuerdo con lo previsto en la Ley de la Función Estadística Pública.[2]

Origen

Fue creada el 29 de enero de 2020.[3]

Estructura

La Secretaría General Técnica está integrada por:[2]

  • La Vicesecretaría General Técnica, a la que le corresponde la elaboración y propuesta del plan normativo del departamento y la coordinación e impulso de su ejecución; el estudio, informe y, en su caso, elaboración de los proyectos normativos que corresponda dictar o proponer al departamento, así como su tramitación administrativa, con la excepción de los trámites de consulta pública, audiencia a los interesados e información pública previstos en el artículo 26 de la Ley del Gobierno; la elaboración de los informes sobre proyectos normativos de otros departamentos; la preparación, informe y asistencia a las personas titulares del departamento y de la Subsecretaría en relación con los asuntos que deban someterse al Consejo de Ministros, a las Comisiones Delegadas del Gobierno, en su caso, y a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios; las actuaciones relacionadas con la publicación de disposiciones y actos administrativos del departamento y de sus organismos y entidades adscritas en el «Boletín Oficial del Estado»; las actuaciones derivadas de la participación del departamento en la Comisión de Seguimiento de Disposiciones y Actos de las Comunidades Autónomas y la coordinación de las acciones de los distintos órganos directivos del departamento relativas al traspaso de funciones y servicios a las comunidades autónomas; y la coordinación y la supervisión de la política de protección de datos en cumplimiento de la normativa aplicable en esta materia en el ámbito de las competencias del departamento y, en particular, ejercer las competencias relativas al delegado de protección de datos, previstas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, para el ámbito del Ministerio, excluyendo sus organismos públicos, y en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • La Subdirección General de Recursos y Relaciones con los Tribunales, a la que le corresponde la tramitación y propuesta de resolución de los recursos administrativos interpuestos contra actos del departamento y, en defecto de atribución expresa a otro órgano, de sus organismos autónomos; la tramitación y propuesta de resolución de las reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra el departamento y, en defecto de atribución expresa a otro órgano, las formuladas contra los organismos públicos adscritos al Ministerio siempre que su resolución corresponda al titular del departamento; la tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de revisión de oficio y de declaración de lesividad, cuando se refieran a actos del departamento; la tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de ejercicio del derecho de petición; las relaciones con los juzgados y tribunales de justicia, a efectos de remisión de los expedientes y documentación que soliciten, la recepción de sus notificaciones y la preparación de la ejecución de sus sentencias, sin perjuicio de lo previsto en la normativa vigente en materia de representación y defensa en juicio del Estado y otras instituciones públicas; trasladar a la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, la solicitud de ejercicio de acciones legales ante cualesquiera órganos jurisdiccionales, a instancias de los órganos directivos competentes por razón de la materia; el seguimiento de las cuestiones prejudiciales y de los procedimientos contenciosos con la Unión Europea que afecten al ámbito de las competencias del departamento, así como la representación de este en las comisiones y órganos de carácter interministerial en relación con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, cuando no se encuentre expresamente asignada a otros órganos directivos; y el ejercicio de las funciones de la Unidad de Información de Transparencia del Ministerio, según lo previsto en el artículo 21 de la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y el apoyo en la coordinación de las iniciativas departamentales en materia de Gobierno abierto; así como el ejercicio de las funciones de Unidad de Gestión de Quejas y Sugerencias de los servicios centrales del departamento.

Referencias

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