Sociedad del Estado

Sociedad del Estado (S.E.) es un tipo societario existente en Argentina para regular el funcionamiento de empresas públicas, aunque bien pueden emplearse otros. Fue creado mediante la ley 20705 de 1974[1] a instancias de José Ber Gelbard, ministro de Economía del tercer gobierno de Juan Domingo Perón, como una forma de dotar de mayor autonomía, transparencia y agilidad a las empresas públicas. Las sociedades del Estado tienen la estructura general de una Sociedad Anónima según la tipología de la ley 19550 Archivado el 15 de febrero de 2022 en Wayback Machine. de Sociedades Comerciales y funcionan mayormente en el marco del derecho privado, aunque tienen diferentes obligaciones y responsabilidades que otros tipos societarios por lo que "siempre resta algún margen de aplicación del derecho público".[2] En ese sentido, se trata de un tipo jurídico que se ubica a medio camino entre una Sociedad Anónima y la anterior figura de Empresa del Estado.[3]

Las sociedades del Estado no pueden declararse en quiebra y en caso de dar pérdidas tienen que ser subvencionadas por el Estado Nacional, que en última instancia puede declararlas en disolución. Además, el capital de una Sociedad del Estado tiene que estar completamente en manos de instituciones o de otras empresas estatales, no pudiendo participar en ella ningún representante del sector privado. El Estado ejerce su control sobre ellas en forma interna, a través de su representación en los órganos de gobierno de la sociedad, en contraposición al control administrativo externo sobre el tipo Empresa del Estado.[2] Son auditadas por la Auditoría General de la Nación y la Sindicatura General de la Nación, órganos controladores del sector público.

En el pasado, casi todas las empresas públicas argentinas fueron sociedades del Estado, como la petrolera Yacimientos Petrolíferos Fiscales o Gas del Estado, la primera privatizada luego de cambiar su tipo societario y la última disuelta. Sin embargo, este tipo societario sigue en uso, lo que puede verse en empresas como la Lotería Nacional, la Administración General de Puertos o la Operadora Ferroviaria. Un caso particular es el de la ex operadora del subterráneo de la Ciudad de Buenos Aires, Subterráneos de Buenos Aires, que siguió existiendo como dueña de la red y encargada de las obras de expansión a pesar de que la prestación de servicios fue concesionadas a la empresa privada Metrovías.

Véase también

Referencias

  1. Texto de la ley 20.705, Memoria de las Privatizaciones del Ministerio de Economía
  2. Gordillo, A. (2003). «Clasificación de los entes públicos». Tratado de derecho administrativo y obras selectas. Consultado el 19 de julio de 2013.
  3. Negri, C. M. «Unidad XVI». Material de la cátedra de Derecho Privado de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA. Consultado el 19 de julio de 2013.

Enlaces externos

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