Tribunal Constitucional del Perú

El Tribunal Constitucional del Perú es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad en la política peruana. Es autónomo e independiente, porque en el ejercicio de sus atribuciones no depende de ningún órgano constitucional. Se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica - Ley Nº 28301.

Tribunal Constitucional

Logotipo de la institución

Información general
Sigla TC
Ámbito Bandera de Perú Perú
Tipo Organismo constitucional autónomo
Sede 1) Calle Misti, 102
04017 Yanahuara, Arequipa (de iure)
2) Casa de Pilatos
Jirón Ancash, 390
15002 Lima (de facto)
Coordenadas 16°23′29″S 71°32′28″O
División Arequipa
Organización
Presidente Francisco Morales Saravia
Composición 7 miembros elegidos por el Congreso de la República
Historia
Fundación 1980
(Tribunal de Garantías Constitucionales)
1996
(renombrado a Tribunal Constitucional)
Sitio web

Al Tribunal Constitucional se le ha confiado la defensa del principio de supremacía constitucional, es decir, como supremo intérprete de la Constitución, cuida que las leyes, los órganos del Estado y los particulares, no vulneren lo dispuesto por ella. Interviene para restablecer el respeto de la Constitución en general y de los derechos constitucionales en particular.

Tiene su sede oficial e histórica en la ciudad de Arequipa y sesiona también en su sede operativa ubicada en la ciudad de Lima. El Tribunal Constitucional es el órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente, porque en el ejercicio de sus atribuciones no depende de ningún órgano constitucional. Se encuentra sometido solo a la Constitución y a su Ley Orgánica - Ley N.º 28301.

El Tribunal se compone de siete miembros elegidos por el Congreso de la República por un período de cinco años. No hay reelección inmediata.[1][2][3]

Historia

Tribunal de Garantías Constitucionales

El Tribunal de Garantías Constitucionales (TGC) fue creado en la Asamblea Constituyente de 1978-1979, a propuesta del aprista Javier Valle-Riestra, quien se basó en el Tribunal Constitucional de España para el diseño de la Corte peruana.

Este Tribunal fue concebido por los constituyentes como una entidad diferente al Poder Judicial por considerar que la producción negativa de normas (Kelsen), el reconocer que un poder del Estado, ayuntamiento o región ha usurpado el poder constituyente al legislar contra la Constitución es una tarea en la que el juez profesional - el Poder Judicial es el único órgano del Estado a cargo de profesionales porque no existe el oficio de ser parlamentario o ser Jefe de Estado - asume una difícil función superior a su formación: enfrentarse a los poderes, con los riesgos políticos que comporta
Javier Valle Riestra, en El Tribunal de Garantías Constitucionales: mi dictamen en minoría (1981)

En mayo de 1982, el Gobierno de Fernando Belaúnde Terry promulgó la Ley Orgánica del Tribunal de Garantías Constitucionales. El TGC se instaló el 19 de noviembre de 1982, con sus 9 magistrados, en la ciudad de Arequipa.

El 8 de abril de 1992, el gobierno de emergencia y reconstrucción nacional cesó a los nueve magistrados del TGC mediante el Decreto Ley 25422.

Tribunal Constitucional

El Congreso Constituyente Democrático reestructuró el Tribunal de Garantías Constitucionales y creó el Tribunal Constitucional, que sería conformado por siete miembros elegidos por el Congreso de la República.

Los primeros magistrados del Tribunal Constitucional fueron elegidos en 1996 tras largas negociaciones entre los partidos políticos que conformaban el Congreso. Se eligió a Ricardo Nugent López Chávez, Francisco Acosta Sánchez, Manuel Aguirre Roca, Luis Guillermo Díaz Valverde, José García Marcelo, Delia Revoredo Marsano de Mur y Guillermo Rey Terry.

Función

El Tribunal Constitucional es el órgano de la interpretación y control de la constitucionalidad. Es autónomo e independiente de los demás constitucionales. Se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica.

Competencia

Corresponde al Tribunal Constitucional:

  1. Conocer, en instancia única, la acción de inconstitucionalidad
  2. Conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de Habeas Corpus, amparo, habeas data y cumplimiento
  3. Conocer los conflictos de competencia o de atribuciones asignadas por la Constitución, conforme a Ley
  4. Resolver las quejas por denegatoria del recurso de agravio constitucional.

El Tribunal puede dictar reglamentos para su propio funcionamiento, así como sobre el régimen de trabajo de su personal y servidores dentro del ámbito de autorizados por su Presidente, se publican en el Diario Oficial El Peruano.

Los procesos constitucionales

El Código Procesal Constitucional, Ley N.º 28237, regula los procesos constitucionales previstos en los artículos 200 y 202, inciso 3), de la Constitución. Se pueden distinguir siete procesos constitucionales:

  1. Proceso de Habeas Corpus.
  2. Proceso de Amparo.
  3. Proceso de Habeas Data.
  4. Proceso de Cumplimiento.
  5. Proceso de Inconstitucionalidad.
  6. Proceso Competencial.
  7. Proceso de Acción Popular.

Los procesos constitucionales se clasifican en función del objeto de protección de cada uno de ellos. Existen tres clases:

  • Procesos de tutela de derechos.- Tienen por objeto la tutela jurisdiccional de los derechos constitucionales. Corresponden a este tipo de procesos: el proceso de Habeas Corpus, el proceso de amparo, el proceso de habeas data y el proceso de cumplimiento.
  • Procesos de control normativo.- Tienen por objeto proteger jurídicamente la primacía de la Constitución respecto a las leyes o normas con rango de Ley, en el caso del proceso de inconstitucionalidad, y la primacía de la Constitución y de la ley respecto al resto de normas de rango inferior a la ley, en el caso del proceso de acción popular. En ambos procesos, es el orden jerárquico de las normas (principio de jerarquía de las normas) de nuestro sistema jurídico el que constituye el objeto de protección (sistema de fuentes prescrita por nuestra Constitución Política).
  • Proceso de conflicto competencial.- Tiene por objeto la protección de las competencias que la Constitución y las leyes orgánicas atribuyen a los poderes del Estado, los órganos constitucionales y a los gobiernos regionales y locales (municipalidades). Aquí se encuentra el proceso competencial.

Pleno

El Tribunal, en Sala Plena, resuelve y adopta acuerdos por mayoría simple de votos emitidos, salvo para resolver la inadmisibilidad de la demanda de inconstitucionalidad o para dictar sentencia que declare la inconstitucionalidad de una norma con rango de ley, casos en los que se exigen cinco votos conformes.

De no alcanzarse la mayoría calificada de cinco votos en favor de la inconstitucionalidad de la norma impugnada, el Tribunal dictará sentencia declarando infundada la demanda de inconstitucionalidad.

Magistrados

El Tribunal está integrado por siete miembros que ostentan el título de Magistrados del Tribunal Constitucional. Son designados por el Congreso de la República mediante resolución legislativa, con el voto de dos tercios del número legal de sus miembros

Designación

De acuerdo con el artículo 201° de la Constitución Política los miembros del Tribunal Constitucional son elegidos por el Congreso de la República con el voto favorable de los dos tercios del número legal de sus miembros. Para el efecto, el Congreso designa una Comisión Especial integrada por un mínimo de cinco y un máximo de nueve Congresistas, respetando en lo posible la proporción de cada grupo parlamentario en el Congreso, para encargarse de recibir propuestas y seleccionar a los candidatos antes de ser propuestos al pleno.

La designación para el cargo de Magistrado del Tribunal se hace por cinco años sin posibilidad de reelección inmediata. Los Magistrados del Tribunal continúan en el ejercicio de sus funciones hasta que hayan tomado posesión quienes han de sucederles.

Para ser Magistrado del Tribunal se requiere:

  • Ser peruano de nacimiento.
  • Ser ciudadano en ejercicio.
  • Ser mayor de cuarenta y cinco años.
  • Haber sido Magistrado de la Corte Suprema o Fiscal Superior durante diez años, o haber ejercido la abogacía o la cátedra universitaria en materia jurídica durante quince años.

No pueden ser elegidos miembros del Tribunal:

  • Los Magistrados del Poder Judicial o del Ministerio Público que hayan sido objeto de separación o destitución por medida disciplinaria
  • Los abogados que han sido inhabilitados por sentencia judicial o por resolución del Congreso de la República
  • Los que han sido condenados o que se encuentran siendo procesados por delito doloso
  • Los que han sido declarados en estado de insolvencia o de quiebra
  • Los que han ejercido cargos políticos o de confianza en gobiernos de facto

A pesar de que es tradicional que en el proceso de selección se busque abogados con una larga trayectoria y sin filiaciones políticas, el Tribunal Constitucional o el anterior Tribunal de Garantías Constitucionales han tenido como miembros a militantes de partidos políticos, exfuncionarios y exparlamentarios, tales son los casos de:

Funciones

La función del Magistrado del Tribunal es a dedicación exclusiva. Le está prohibido desempeñar cualquier otro cargo público o privado y ejercer cualquier profesión u oficio, a excepción de la docencia universitaria, siempre que no afecte el normal funcionamiento del Tribunal.

Privilegios

Los Magistrados del Tribunal no están sujetos a mandato imperativo, ni reciben instrucciones de ninguna autoridad. Gozan de inviolabilidad. No responden por los votos u opiniones emitidas en el ejercicio de su cargo. También gozan de inmunidad. No pueden ser detenidos ni procesados sin autorización del pleno del Tribunal, salvo flagrante delito

Presidente

Los Magistrados del Tribunal, en pleno y mediante votación secreta, eligen, entre sus miembros, al Presidente.

Para la elección, en primera votación, se requieren no menos de cinco votos. Si no se alcanzan, se procede a una segunda votación, en la que resulta el ganador

Composición actual

Nombre Fecha de designación Principales posiciones previas Designado por
Francisco Morales Saravia(Presidente) 10 de mayo de 2022 (5 de septiembre de 2022- Presidencia) Secretario General del Tribunal Constitucional (2008-2012)

Asesor Jurisdiccional del Tribunal Constitucional (2004-2014)

Congreso de la República
Augusto Ferrero Costa 25 de agosto de 2017 - 26 de enero de 2023

(Vacante por vencimiento de mandato)[n 1]

Vice Rector de la Universidad de Lima (1999-2004)
Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima (1987-1990, 1993-1996)
Profesor Emérito de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Socio del Estudio Ferrero Abogados[4]
Congreso de la República
Gustavo Gutiérrez Ticse 10 de mayo de 2022 Asesor Principal - Comisión de Constitución y Reglamento (2015-2016)

Jefe - Oficina de Defensa de las Leyes del Congreso (2013-2014)

Congreso de la República
Helder Dominguez Haro 10 de mayo de 2022 Director - Centro de Investigaciones del Poder Judicial del Perú Congreso de la República
Luz Pacheco 10 de mayo de 2022 Vocal del Tribunal Nacional de la SUNAFIL

Directora del Departamento de Derecho - Universidad de Piura

Congreso de la República
Manuel Monteagudo Valdez 10 de mayo de 2022 Gerente Jurídico - Banco Central de Reserva del Perú Congreso de la República
César Ochoa Cardich 10 de mayo de 2022 Profesor del Departamento Académico de Derecho - Pontificia Universidad Católica del Perú (1991-2022)

Profesor de la Facultad de Derecho - Universidad de Lima (2015-2020)

Congreso de la República

Presidentes

Tribunal de Garantías Constitucionales

TitularPeriodo
Alberto Eguren Bresani1982 - 1986
Nicanor Silva Salgado1986 - 1987
Alfredo Corso Masías1987
Mario Peláez Bazán1987 - 1988
Jorge León Seminario1988 - 1990
Héctor Centurión Vallejo1990 - 1992

Tribunal Constitucional

TitularPeriodo
Ricardo Nugent López-Chávez1996 - 1997
Francisco Acosta Sánchez1997-2000
Manuel Aguirre Roca2000-2002
Guillermo Rey Terry2002 - 2002
Javier Alva Orlandini2002-2005
Víctor García Toma2005-2006
César Landa2006-2008
Carlos Mesía2008
Juan Vergara Gotelli2009-2010
Carlos Mesía2011-2012
Ernesto Álvarez Miranda2012-2012
Óscar Urviola2012-2015
Manuel Miranda Canales2016-2017
Ernesto Blume4 de marzo de 2018 - 3 de enero de 2020
Marianella Ledesma 3 de enero de 2020 - 5 de enero de 2022
Augusto Ferrero Costa 5 de enero de 2022 - 5 de septiembre de 2022
Francisco Morales Saravia 5 de septiembre de 2022 -

Lista de magistrados

Tribunal de Garantías Constitucionales

Magistrado Nombrado por Inicio Final
Jaime Vargas Vargas Poder Ejecutivo 1982 1983
Jorge Vásquez Salas Poder Ejecutivo 1982 1983
Oswaldo Rodríguez Mantilla 1982 1986
Nicanor Silva Salgado 1982 1986
Alberto Eguren Bresani Poder Judicial 1982 1986
Alfonso Rodríguez Domínguez 1982 1984
Manuel Aguirre Roca Senado 1982 1989
Mario Peláez Bazán 1982 1991
Alfredo Corso Masías Poder Judicial 1982 1990
Carlos Basombrío Porras Poder Ejecutivo 1983
Luis Osores Villacorta Poder Ejecutivo 1983
Jaime Diez Canseco Yáñez 1985
Héctor Díaz Valdivia Senado 1986 1992
Héctor Centurión Vallejo 1986 1992
Efraín Espinal Cruzado 1992
Jorge León Seminario 1986 1992
Florencio Mixan Mass 1990 1992
René Nuñez del Prado Cruz 1992
Pelayo Alejandro Samanamud Rubin Senado 1989 1992
Luis Valenzuela Astete Senado 1986 1992

Tribunal Constitucional

Reemplazo

El Tribunal está compuesto por siete magistrados; no obstante, el Congreso de la República no siempre ha elegido a todos los integrantes del colegiado por falta de consensos. Ante ello, o ante el fallecimiento/renuncia/vacancia de uno de los magistrados, se han relevado del cargo de la siguiente manera:

Fecha Magistrado(s) saliente(s) Magistrado(s) entrante(s) Razón
2002 José García Marcelo (2001)
Ricardo Nugent López-Chávez
Francisco Acosta Sánchez
Luis Guillermo Díaz Valverde
Javier Alva Orlandini
Juan Bautista Bardelli Lartirigoyen
Víctor García Toma
Magdiel Gonzáles Ojeda
Renuncia de García Marcelo
Vencimiento del mandato
2004 Guillermo Rey Terry (†2004)
Manuel Aguirre Roca (†2004)
César Landa
Juan Francisco Vergara Gotelli
Fallecimiento de Rey y Aguirre
2006 Delia Revoredo (2005) Carlos Mesía Renuncia de Revoredo
07/2007 Víctor García Toma Ricardo Beaumont Callirgos Vencimiento del mandato
09/2007 Javier Alva Orlandini
Magdiel Gonzales Ojeda
Juan Bautista Bardelli Lartirigoyen
Gerardo Eto Cruz
Ernesto Álvarez Miranda
Fernando Calle Hayen
Vencimiento del mandato
2010 César Landa Arroyo Óscar Urviola Vencimiento del mandato
2014 Ricardo Beaumont Callirgos (2013)
Juan Francisco Vergara Gotelli
Carlos Mesía Ramírez
Fernando Calle Hayen
Gerardo Eto Cruz
Ernesto Álvarez Miranda
Ernesto Blume
Marianella Ledesma
Carlos Ramos Núñez
Eloy Espinosa-Saldaña
José Luis Sardón
Manuel Miranda Canales
Renuncia de Beaumont
Vencimiento del mandato
2017 Óscar Urviola Augusto Ferrero Costa Vencimiento del mandato
2022 Ernesto Blume
Marianella Ledesma
Carlos Ramos Núñez (†2021)
Eloy Espinosa-Saldaña
José Luis Sardón
Manuel Miranda Canales
Francisco Morales Saravia
Gustavo Gutiérrez Ticse
Helder Domínguez Haro
Luz Pachecoa
Manuel Monteagudo Valdez
César Ochoa Cardich
Fallecimiento de Ramos

Vencimiento del Mandato

2023 Augusto Ferrero Costa - Vencimiento de mandato

El Congreso de la República es el encargado de elegir a los magistrados; sin embargo, se ha dado situaciones en las que más de un magistrado tenía el mandato vencido y el Congreso no había elegido a todos los jueces. Ante ello, el Pleno del Tribunal es el que decide a qué magistrado reemplazar, normalmente por antigüedad en la colegiatura. De esta manera, se han dado las siguientes sucesiones:

Reemplazo en el Tribunal Constitucional
Magistrado saliente Magistrado entrante Razón
Víctor García Toma Ricardo Beaumont Callirgos Colegiatura profesional
César Landa Óscar Urviola Colegiatura profesional

Notas

  1. El cargo de vocal del Tribunal Constitucional tiene una duración de cinco años, si bien los magistrados pueden continuar en el ejercicio de sus funciones hasta que hayan tomado posesión quienes han de sucederles. En el caso del magistrado Augusto Ferrero Costa, éste continuaba en su cargo pese al vencimiento de su mandato, cesando luego por razones de salud.

Referencias

  1. Peru: Events of 2022 (en inglés). Human Rights Watch. 12 de enero de 2023. Consultado el 15 de marzo de 2023.
  2. Salazar, Elizabeth (Jue, 24/06/2021 - 08:00). «Intereses privados y denuncias de parcialidad empañan elección de miembros del TC». Ojo Público. Consultado el 15 de marzo de 2023.
  3. «Elección de miembros del TC: un asalto precario a la democracia peruana». El País (en catalán). Consultado el 15 de marzo de 2023.
  4. tc.gob.pe. «Currículum». Archivado desde el original el 26 de septiembre de 2017. Consultado el 26 de setiembre de 2017..

Enlaces externos

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