La partida (o acta) de nacimiento es el primer documento que muestra quién eres, dónde y cuándo naciste. Es tan importante que, si no la tienes, no existes legalmente y no puedes ejercer tus derechos como peruano. ¿Tu hijo debe empezar a ir al colegio? ¿En el banco te piden el DNI (Documento Nacional de Identidad)? Para eso y más sirve la partida de nacimiento. Mira qué rápido y sencillo es conseguirla hoy en Perú.

Método 1
Método 1 de 4:
Obtener una partida para menores con 60 días de nacidos

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    Pide el Certificado de nacido vivo. Es un registro básico del recién nacido; contiene los datos de la madre, del nacimiento y del médico que atendió el parto. El hospital, la clínica o el centro de salud donde ocurrió el nacimiento te lo darán gratis firmado y sellado.
    • Aun si tu hijo nació en casa, tienes derecho a solicitar un Certificado de nacido vivo en cualquier establecimiento de salud cercano al lugar de nacimiento o de residencia actual del niño.
    • Cuando sea imposible obtener un Certificado de nacido vivo, puedes presentar una Constancia de nacimiento firmada por la persona autorizada por el MINSA (Ministerio de Salud) que atendió o constató el parto.
    • También es aceptable la Declaración Jurada de una autoridad política (teniente gobernador o jefe comunal), judicial (juez de paz), o religiosa (párroco) que pueda confirmar el nacimiento en caso de que no haya médicos u otros profesionales de la salud ahí.
    • Si tu hijo nació en el extranjero y no lo inscribiste en el Consulado peruano, pero resides ahora en Perú, basta cualquier documento que pruebe su nacimiento. Debe estar en castellano o ser traducido oficialmente, apostillado y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
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    Solicita la partida. En una de las oficinas de Registro Civil el RENIEC (Registro Nacional de Identificación y Estado Civil), entrega el Certificado de nacido vivo del niño, o cualquiera de los documentos aceptables en su lugar, a partir del día siguiente a su nacimiento y dentro de un máximo de 60 días. De otro modo, deberás seguir un trámite distinto para obtener la partida.
    • Puedes encontrar la oficina de Registro Civil más cercana al lugar donde nació o donde actualmente vive el niño en la página web del RENIEC. En el mapa del Perú que ahí aparece, saldrá la lista de oficinas haciendo clic en el departamento o la región que elijas.
    • Si tu hijo nació en un hospital o centro de salud del MINSA, de EsSalud, de las Fuerzas Armadas, de la Policía Nacional o de otras instituciones públicas o privadas en las que hay una oficina de Registro Civil, es obligatorio pedir la partida ahí.
    • En lugares alejados, zonas de frontera, selva y ceja de selva, y comunidades campesinas y nativas donde existe una oficina de Registro Civil autorizada, el plazo máximo para obtener la partida de manera oportuna es de 90 días posteriores al nacimiento.
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    Identifícate adecuadamente y verifica los datos incluidos en la partida. Para comprobar quién eres y tu parentesco con el niño, debes presentar también tu DNI si eres peruano o tu Carné de extranjería, Pasaporte o Cédula de identidad (original y copia) si eres extranjero. Ese mismo día, la oficina de Registro Civil del RENIEC te entregará la copia original más la primera copia certificada (para tramitar el DNI del niño) de la partida de nacimiento.
    • Si el nombre, los apellidos o la fecha de nacimiento aparecieran con algún error u omisión, tendrás que solicitar una rectificación usando la vía judicial.

Método 2
Método 2 de 4:
Obtener una partida para menores con más de 60 días de nacidos

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    Pide el Certificado de nacido vivo del niño. Lo recibirás gratis en el establecimiento de salud donde nació.
    • Si es imposible conseguir el Certificado de nacido vivo, ten lista una Partida de Bautismo o un Certificado de matrícula escolar (debe mencionar el grado que cursa el niño).
    • También se acepta una Declaración Jurada de cualquier autoridad política, judicial o religiosa que confirme el nacimiento a falta de profesionales de la salud en el lugar para hacerlo.
    • Otra opción es una Declaración Jurada de existencia firmada por dos personas mayores de edad delante de un miembro del Registro Civil.
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    Llena una solicitud de partida. En la oficina de Registro Civil del RENIEC cercana al lugar donde nació o donde vive tu hijo pueden darte una impresa.
    • Junto con esta solicitud entregarás allí mismo el Certificado de nacido vivo o uno de los documentos considerados aceptables para sustituirlo.
    • Una opción es una Constancia de nacimiento firmada por la persona autorizada por el MINSA que atendió el parto.
    • Otra es la Declaración Jurada de una autoridad política (teniente gobernador o jefe comunal), judicial (juez de paz), o religiosa (párroco) que pueda confirmar el nacimiento en caso de que no haya médicos o profesionales de la salud ahí.
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    Identifícate adecuadamente. Para acreditar tu identidad y tu parentesco con el niño, presenta tu DNI. Si, por no tener un Certificado de nacido vivo para el trámite, has llevado una Declaración Jurada de existencia.
    • También los dos adultos que la firmaron mostrarán su DNI (o el original y la copia simple de su Carné de extranjería, Pasaporte o Cédula de identidad si se trata de extranjeros).
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    Recoge la Partida de nacimiento. Diez días (laborables) después de haberla solicitado en la oficina del Registro Civil del RENIEC, recibirás la copia original de la partida allí mismo.
    • Llama al RENIEC. En ALÓ RENIEC (0800-11040) consulta qué hacer si encuentras alguna irregularidad en los datos de la partida de nacimiento. Es gratuito a nivel nacional.

Método 3
Método 3 de 4:
Obtener partida siendo mayor de edad

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    Pide tu Certificado de nacido vivo. Lo recibirás gratis en el establecimiento de salud donde naciste. Si es imposible conseguir el Certificado de nacido vivo, ten lista una Partida de Bautismo o un Certificado de matrícula escolar (debe mencionar el grado que cursaste).
    • Otra opción es una Declaración Jurada en la que dos personas confirmen conocerte firmando tal documento delante de un miembro del Registro Civil.
    • En caso de que, como mayor de edad, autorices que tus padres asistan al trámite, presentarás sus DNI o sus Carnés de extranjería, Pasaportes o Cédulas de identidad si son extranjeros.
    • De tener una incapacidad mental por la que un juez te ha declarado interdicto, otra persona puede solicitar la partida por ti. Presentará la Resolución Judicial de tu interdicción y el documento que lo acredite como tu representante legal.
    • Si naciste en el extranjero y nunca te registraste ni en el Registro Civil de un consulado peruano ni del país, tienes que iniciar el trámite de Derecho de Opción a la nacionalidad peruana en la DIGEMIN (Dirección General de Migraciones y Naturalización) del Ministerio del Interior.
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    Llena una solicitud de partida. En la oficina de Registro Civil del RENIEC más cercana a tu casa pueden darte una impresa.
    • Junto con la solicitud entregarás allí mismo el Certificado de nacido vivo o uno de los documentos considerados aceptables para sustituirlo.
    • Estos pueden ser una Constancia de nacimiento firmada por la persona autorizada por el MINSA que atendió el parto.
    • O, en su lugar, la Declaración Jurada de una autoridad política (teniente gobernador o jefe comunal), judicial (juez de paz), o religiosa (párroco) que pueda confirmar el nacimiento en caso de que no haya médicos o profesionales de la salud ahí.
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    Recoge tu partida de nacimiento. Después de diez días laborables de haber presentado tu solicitud en la oficina de Registro Civil del RENIEC, puedes ir ahí mismo para recibir tu partida.
    • Recuerda que este servicio es gratuito solo para la obtención de la primera partida original.

Método 4
Método 4 de 4:
Obtener copia certificada de partida

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    Verifica si tu partida está en el RENIEC. En la sección “Consultas en línea. Consultas Actas registrales” del portal, haz clic en “Nacimiento” e introduce tus nombres, apellidos y fecha de nacimiento.
    • Un mensaje te dirá si tu partida continúa en la municipalidad donde naciste (por ser antigua) o si ya está en el RENIEC.
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    Paga la tasa correspondiente. Si comprobaste que tu partida está en el RENIEC, debes pagar diez (10) soles por derecho de trámite.
    • Puedes hacer el pago en cualquier agencia del Banco de la Nación, de la Caja Municipal de Tacna o de la Caja Municipal de Trujillo mencionando el código de tributo 06637.
    • También, el Banco de Crédito procesará tu pago si mencionas el código de tributo 6637.
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    Solicita una copia certificada de la partida. Preséntate en una oficina de Registro Civil del RENIEC con el recibo de pago del banco y pide la copia. Te la darán ese mismo día.
    • Otra opción es utilizar las máquinas PVM (Plataformas Virtuales Multiservicio). Están en algunos centros comerciales (Jockey Plaza, Mega Plaza, Minka, Open Plaza, Plaza Lima Sur, Real Plaza Centro Cívico, Mall Aventura Plaza) y en varias agencias del Banco de la Nación. La PVM imprimirá tu copia certificada apenas hayas ingresado y verificado tus nombres, apellidos y fecha de nacimiento.
    • Puedes llamar o chatear o buscar "PVM" en la página web del RENIEC para ubicar una PVM cerca de tu casa.
    • Si la partida de nacimiento original no está en la base de datos del RENIEC, tendrás ir a la oficina de Registro Civil de la municipalidad donde naciste y pedir ahí los requisitos para solicitar una copia certificada.

Consejos

  • La nueva opción Certificado de Nacido Vivo en línea (CNV) permite registrar al recién nacido desde la sala de partos y generar este documento inmediatamente.
  • Si nacen mellizos, trillizos, etc., debes obtener un Certificado de nacido vivo para cada uno.
  • La Municipalidad Metropolitana de Lima ofrece la “Consulta de actas registrales” en línea para saber si debes pedir tu copia certificada de partida en el RENIEC o ahí.

Advertencias

  • El establecimiento de salud emite el Certificado de nacido vivo solo una vez. Si lo perdiste, podrás solicitar una Constancia.
  • Solo si se comprueba que los padres del niño están impedidos de tramitar la partida de nacimiento, puede remplazarlos un pariente directo mayor de edad, un director de centro de protección o centro educativo, un representante del Ministerio Público o de la Defensoría del Niño.
  • Según la ley, no es necesario presentar otros documentos fuera de los indicados. Si te los exigen, busca ayuda en una de las sedes de la Defensoría del Niño y del Adolescente o de la Defensoría del pueblo.

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